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Anexo
I: Volumen 1
CASO ILUSTRATIVO No.
22
DESAPARICION FORZADA DE AMERICA YOLANDA URIZAR
MARTINEZ
DE AGUILAR, ANA LUCRECIA ORELLANA STORMONT,
EDGAR
RAUL RIVAS RODRIGUEZ, MARIA ANGELA AYALA
SARAVIA Y ROSA ESTELA PEREZ VILLASEÑOR
"Señor presidente:
usted como cristiano no puede permitir que nuestra hija sea maltratada
física o mentalmente ya que usted afirma en sus mensajes
de cada domingo que todo guatemalteco merece ser respetado por ser
semejanza de Dios y de la Patria (...)".1
"(...) ninguna autoridad
se ha preocupado por el caso. Yo no puedo seguir viviendo así,
ya que mi hija es lo más grande que tengo".2
I.
Antecedentes
Durante el régimen
militar del general Efraín Ríos Montt se establecieron
los Tribunales de Fuero Especial.3
Algunos detenidos por razones políticas fueron consignados
a estos tribunales en forma secreta, pero la mayoría fueron
desaparecidos.4
Una muestra de la
situación expuesta, en el mes de agosto de 1983, sólo
en la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), existía
ya una lista de 37 personas desaparecidas.5
Un oficial de Policía
Nacional dijo a una víctima sobreviviente de los Tribunales
de Fuero Especial que las personas capturadas tenían tres
alternativas: "Los Tribunales de Fuero Especial, la libertad
o el fusilamiento clandestino".6
Algunos de los prisioneros indicaron que uno de los centros de detención
en la ciudad de Guatemala era el cuartel general de la zona militar
1, denominado Matamoros o Justo Rufino Barrios.7
En este sentido,
un informe de la Agencia Central de Inteligencia de Estados Unidos
(CIA) señala: "(...) después de la reunión
de finales de octubre de 1982, los oficiales del AGSAEMP [sección
del Estado Mayor Presidencial]8
fueron informados que tenían la libertad de detener, mantener
preso, interrogar y disponer de sospechosos de ser guerrilleros,
conforme a su criterio".9
En febrero de 1983, se reportó que por órdenes de
Ríos Montt "(...) conocidos guerrilleros ya no serán
enviados a los Tribunales Especiales, pero más bien se encargarán
de tratarlos en el AGSAEMP".10
Efectivamente, varios militantes de la Unidad Revolucionaria
Nacional Guatemalteca (URNG), fueron capturados, torturados y desaparecidos
entre el mes de marzo y junio de 1983, entre ellos: América
Yolanda Urízar Martínez de Aguilar, Ana Lucrecia Orellana
Stormont, Edgar Raúl Rivas Rodríguez, María
Angela Ayala Saravia y Rosa Estela Pérez Villaseñor.
II.
Los hechos
El 25 de marzo de
1983, América Yolanda Urízar Martínez de Aguilar
fue capturada en un lugar cercano a la frontera entre México
y Guatemala. El vehículo en el que viajaba fue interceptado
cuando se dirigía, en compañía de dos personas
más, hacía la ciudad de Guatemala.11
América Yolanda Urízar Martínez de Aguilar
era abogada laborista, asesora sindical de la Central Nacional de
Trabajadores (CNT), del Comité Nacional de Unidad Sindical
(CNUS), catedrática de la Escuela de Orientación Sindical
de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la USAC
y militante de las Fuerzas Armadas Rebeldes (FAR). Hasta la fecha
la víctima se encuentra desaparecida.12
El mismo día
de su secuestro, el padre de Yolanda Urízar, el coronel retirado
Augusto Urízar, denunció de forma pública que
"su hija había sido interceptada por hombres armados cuando
venía a reincorporarse a la vida pacífica y normal,
al amparo de la amnistía que está vigente, ingresando
al país procedente [de] México, donde vivió
autoexiliada, a raíz de la represión que el Gobierno
del general Fernando Romeo Lucas García (...) ejerció
contra las organizaciones laborales y sus asesores"13 .
Un mes después, los padres de Yolanda Urízar, en carta
abierta al jefe de Estado, general Efraín Ríos Montt,
publicada en los diarios locales afirman que ha transcurrido "(...)
un mes exacto que fuera detenida por las Fuerzas de Seguridad de
Gobierno (...) En relación con esta detención estamos
seguros que debe existir un grave error ya que la asesoría
sindical no es delito y ésta es la razón de la vida
de Yoly".14
El 3 de mayo de 1983
fue capturada Rosa Estela Pérez Villaseñor en la 1¦
avenida y 12 calle de la zona 10, de la Ciudad Capital, por cuatro
hombres armados vestidos de civil, quienes viajaban en dos vehículos.
Según un testigo presencial, quien trató de auxiliar
a la víctima y notificó el hecho a la familia, la
víctima se resistió y los hombres la golpearon hasta
ensangrentarla. Esta persona siguió los vehículos
de los agresores hasta San José Pinula, donde los perdió
de vista; no obstante logró obtener el número de placa
de los vehículos de los secuestradores.15
Rosa Estela Pérez Villaseñor trabajaba como secretaria
en el Centro de Estudios Folklóricos de la USAC y desde 1981
era militante de la Organización del Pueblo en Armas (ORPA)
donde asumía tareas en la estructura de logística
de este grupo.
El 6 de junio de
1983, Ana Lucrecia Orellana Stormont fue capturada por cuatro individuos
cuando se dirigía a reunirse con Edgar Raúl Rivas
Rodríguez, la estaban esperando en el estacionamiento del
Hotel Plaza, zona 4 de la ciudad capital, donde ella asistía
a un curso de control mental. Según el guardián del
parqueo, dos de los hombres la agarraron, la metieron por la fuerza
en la parte trasera de su vehículo y se la llevaron con rumbo
desconocido.16 En
el lugar quedó tirado su inhalador; ella padecía de
asma y le era difícil sobrevivir sin medicina. Ana Lucrecia
Orellana Stormont era psicóloga, docente de Ciencias de la
Conducta de la Facultad de Medicina de la USAC, asesora del movimiento
campesino de Zacapa, de la CNT y militante de las FAR.
Ese mismo día
fue secuestrado Edgar Raúl Rivas Rodríguez, entre
las seis y las siete de la noche, en el recorrido entre la terminal
de autobuses de la zona 4, de la Ciudad Capital y el Hotel Sheraton
(hoy Hotel Ramada), cuando se dirigía a reunirse con Ana
Lucrecia Orellana y otra persona, también desaparecida y
no identificada.17
Edgar Raúl Rivas Rodríguez era docente en la Escuela
de Ciencia Política de la USAC y militaba en las FAR. Ni
los familiares ni sus compañeros volvieron a verlo.
El 13 de junio de
1983 fue capturada María Angela Ayala Saravia por dos individuos,
quienes la introdujeron dentro de un vehículo de doble tracción
en la 9¦ calle A y 3¦ avenida de la zona 1 de la Ciudad Capital,
y se la llevaron con rumbo desconocido.18
María Angela Ayala Saravia era trabajadora social, trabajaba
en la Asociación Pro Bienestar de la Familia (APROFAM), era
docente en la Escuela de Trabajo Social de la USAC y militante de
las FAR.
III.
Lugares de detención, extorsiones y torturas
Yolanda Urízar
estuvo detenida en el destacamento de Santa Ana Berlín,19
departamento de Quetzaltenango. Posteriormente, fue trasladada a
la Ciudad de Guatemala, donde permaneció prisionera en la
Antigua Escuela Politécnica, según se supo "(...)
por testigos (...) que han estado en la misma prisión clandestina
que posee el Ejército en los subterráneos de la antigua
escuela militar (politécnica), ella fue allí trasladada,
sometida a interrogatorios y torturas, encontrándose en un
estado lamentable y habiendo perdido la razón".20
El 19 de junio de
1983 los familiares de Edgar Raúl Rivas Rodríguez
recibieron una llamada telefónica de un desconocido, diciendo
que se comunicaran con un primo de la víctima, quien mantenía
una relación de confianza con el general Mejía Víctores,
ministro de la Defensa Nacional, y con Lucrecia Orellana. Esa persona
les indicó también que publicaran en los periódicos
que Edgar Raúl Rivas Rodríguez se encontraba detenido
en el cuartel de Matamoros y que iba a ser fusilado en cinco días.21
A principios del
mes de julio, un magistrado de la Corte Suprema de Justicia, amigo
de la familia, les corroboró la información de que
Rivas Rodríguez se encontraba detenido en el cuartel de Matamoros.22
El 7 de junio la
familia de Lucrecia Orellana recibió una llamada telefónica
de una mujer desconocida, quien les indicó: "(...) dígale
a los padres de Lucrecia que por motivos de seguridad salió
a Tapachula, que no se preocupen por ella".23
A los ocho días del secuestro, un familiar recibió
otra llamada telefónica; "Una voz de hombre le dijo que
Lucky estaba en el cuartel general de Matamoros, que debían
sacar notas en el periódico pidiendo que Lucky apareciera
con vida y que estaba mal del asma que necesitaba medicinas".24
Los familiares dieron dinero a los informantes para comprar las
medicinas, mientras continuaban recibiendo información de
la detenida. Esta situación se prolongó muchos meses
después que se hubiera producido su presunta ejecución
arbitraria.
En septiembre de
1983 un pariente de la víctima viajó a Washington
DC, donde con el apoyo y acompañamiento de la entidad Washington
Office on Latin America (WOLA) y de una religiosa norteamericana,
logró entrevistarse con Robert Blohm, encargado del "Escritorio"
de Guatemala, del Departamento de Estado de Estados Unidos, quien
solicitó a su secretaria el expediente del caso.25
Luego de algunas consultas, confirmó que Lucrecia Orellana
se encontraba con vida en el cuartel de Matamoros.26
Durante su cautiverio,
a Lucrecia Orellana la obligaron a identificar a posibles simpatizantes
de la guerrilla en el departamento de Zacapa, donde había
trabajado con el movimiento campesino de la CNT, antes de su desaparición.27
A finales de octubre
de 1983 un amigo del hermano de Lucrecia Orellana lo buscó
para contarle que había visto a su hermana en el Hospitalito
del Segundo Cuerpo de la Policía Nacional: 28
"Estaba grave, de muerte, muy desmejorada por un gran ataque
de asma".29
En este sentido, uno de los informantes manifestó: "A
Lucky le habían puesto una capucha con gamezán y se
había deteriorado mucho, que le habían hospitalizado
durante tres días, del 22 al 25 de octubre y que luego la
regresaron a Matamoros".30
En los primeros días
de noviembre el informante comunica de nuevo a un familiar de Lucrecia
Orellana: "Lucky sé esta muriendo, que ella ya
no quería vivir más y que no aceptaba sus medicinas".31
En marzo de 1984
un familiar de Ana Lucrecia Orellana Stormont viajó de nuevo
a Washington DC, y logró entrevistarse una vez más
con el mismo funcionario del Departamento de Estado, quien en esa
oportunidad confirmó la muerte de la víctima y su
militancia política.32
De igual forma, a
la familia de Rosa Estela Pérez Villaseñor le informaron,
a través de llamadas telefónicas, que ella se encontraba
detenida en el cuartel de Matamoros, y exigieron dinero a cambio
de evitarle dolor en la aplicación de ciertas torturas. Los
torturadores pasaban por la casa de la víctima a recoger
el dinero, que se les entregaba en pequeñas cantidades.33
Un informante aseguró
a un familiar de Lucrecia Orellana que el 5 de noviembre de 1983,
los cadáveres de Ana Lucrecia Orellana Stormont y Rosa Estela
Pérez Villaseñor habían sido trasladados en
un camión, desde el cuartel de Matamoros a Magdalena Milpas
Altas, departamento de Sacatepéquez, donde al parecer las
enterraron en una fosa común, posiblemente cerca del cementerio
del lugar. 34
Después del
5 de noviembre la familia de Lucrecia Orellana siguió siendo
objeto de extorsión. Dos mujeres se comunicaron a la familia
que ella seguía viva; les demandaron muchas cosas, entre
otras, objetos personales de la víctima, a cambio de información.
Estas personas poseían información detallada sobre
Lucrecia Orellana, sus gustos, sus plantas y su ropa.35
El 13 de junio de
1983, el mismo día del secuestro, la madre de María
Angela Ayala Saravia "recibió una llamada telefónica
de una persona de sexo masculino, quien no dio a conocer su nombre,
indicándole que su hija había salido a una comisión
fuera de la capital y que dentro de algunos días se volvería
a comunicar".36
Tiempo después
a través de dos "judiciales", la madre de María Angela
Ayala Saravia recibió, en tres oportunidades, un cheque que
le enviaba su hija para pagar la renta de la casa donde vivía.
La última vez que Angela envió el cheque, en el banco
no quisieron cambiarlo porque su firma era ya ilegible. Esta vez,
los dos "judiciales", quienes llevaban los cheques a la casa de
la víctima, le pidieron a la señora que los acompañara
a la caja de seguridad de un banco, donde sustrajeron una gran cantidad
de dinero que María Angela Ayala tenía allí
resguardado.37
IV.
Después
En diferentes fechas
y en varios diarios nacionales e internacionales, fue publicado
un campo pagado de las FAR,38
en el que los guerrilleros planteaban un canje: Ana Lucrecia Orellana
Stormont, América Yolanda Urízar Martínez de
Aguilar y María Angela Ayala Saravia, las tres militantes
de las FAR, a cambio de Marta Elena Ríos Montt, hermana de
Efraín Ríos Montt, y Celeste Aída Mejía
Víctores, hermana del entonces jefe de Estado, Oscar Humberto
Mejía Víctores, estas últimas secuestradas
el 29 de junio y el 10 de septiembre de 1983, respectivamente.39
El 21 de octubre
de 1983, en un comunicado hecho público, la Comandancia General
de las FAR informó que la negociación con el Gobierno
fue infructuosa y que las secuestradas serían puestas en
libertad.40
El 26 de octubre de 1983 las FAR pusieron en libertad
a Marta Elena Ríos Montt de Rivas y Celeste Aída Mejía
Víctores.
V.
La impunidad
Los familiares de
los cinco desaparecidos buscaron a las víctimas en todos
los lugares donde se imaginaron que podían estar. "Se
dieron muchas vueltas. Se pusieron recursos de exhibición
personal en los tribunales, se mandó una carta a los bomberos,
a los centros de salud, a los hospitales y a todos los lugares que
pudieran tener relación con personas muertas"41
Las gestiones judiciales
realizadas por los familiares y la presión internacional
que ejercieron por su liberación diferentes organizaciones
internacionales de derechos humanos, sindicales y de decenas de
personalidades extranjeras,42
fueron inútiles. El padre de Rosa Estela Pérez Villaseñor
interpuso un recurso de exhibición personal.43
Los familiares de Edgar Raúl Rivas Rodríguez y Ana
Lucrecia Orellana Stormont denunciaron los hechos al Departamento
de Investigaciones Técnicas de la Policía Nacional.44
En el expediente judicial45
de María Angela Ayala Saravia consta la recepción
de la denuncia como única diligencia realizada sobre el caso.
A requerimiento de
la CEH, con fecha 21 de enero de 1998, la Policía Nacional
remitió el expediente de América Yolanda Urízar
Martínez de Aguilar, que evidencia que no se realizó
ninguna investigación. El expediente se encuentra compuesto
tan sólo por las respuestas de las distintas jefaturas de
la Policía Nacional sobre el radiograma circular N§ 0196
CR, que indaga sobre el paradero de América Yolanda Urízar
Martínez de Aguilar, y las cartas de la solidaridad internacional
en las que se demanda información acerca del paradero de
la víctima.
Las familias de las víctimas no volvieron
a conocer dato alguno sobre su paradero.
VI.
Conclusiones
La CEH, analizados
los antecedentes del caso, ha llegado a la convicción de
que cuatro militantes de las FAR y uno de ORPA fueron detenidos
entre los meses de marzo y junio de 1983 y posteriormente hechos
desaparecer. Además, asiste a la CEH la presunción
fundada de que todos ellos fueron torturados durante su cautiverio.
Dado el tiempo transcurrido se presume que fueron ejecutados arbitrariamente.
La CEH, tomando en cuenta los varios elementos
unívocos y concordantes que se llegaron a conocer, presume
fundadamente que las víctimas fueron capturadas, torturadas
y ejecutadas por agentes del Estado o por personas que actuaron
bajo su protección, tolerancia o aquiescencia, en violación
de sus derechos a la vida y la integridad personal.
Entre dichos elementos destacan la calidad de las
víctimas, su militancia en las FAR y ORPA, su pertenencia
a la USAC y a organizaciones sindicales y sociales, el modus operandi
de las acciones desplegadas por los agentes clandestinos y la información
referente a los lugares donde se mantuvo a las víctimas.
Ni la militancia de las víctimas en las
FAR y ORPA, ni cualquier otra consideración de carácter
militar o político, justifican jurídica o éticamente
estos crímenes.
La CEH considera que el Estado violó el
derecho a la justicia de las víctimas y de sus familiares,
al no haber investigado seriamente los hechos y haber sido manifiestamente
ineficaces los recursos judiciales previstos para sancionar a los
responsables.
Además, los hechos son ilustrativos de los
sufrimientos que tuvieron que soportar los familiares de los desaparecidos
en sus esfuerzos para conocer su paradero, y la extorsión
de que fueron objeto por agentes de Estado que conocían la
situación de las víctimas.
Finalmente, el secuestro de Marta Elena Ríos
Montt de Rivas y Celeste Aída Mejía Víctores,
perpetrado por un comando militar de las FAR, ilustra el circulo
vicioso de la violencia que tuvo lugar durante el enfrentamiento
armado.
LISTADO DE LAS VICTIMAS
Desaparición forzada, Tortura, Privación
de Libertad
Ana Lucrecia Orellana Stormont
Edgar Raul Rivas Rodríguez
América Yolanda Urízar Martínez
de Aguilar
María Angela Ayala Saravia
Rosa Estela Pérez Villaseñor
Víctimas Colectivas/Desconcocidas: 1
1 Carta abierta al jefe
de Estado, Efraín Ríos Montt, publicada en diarios
locales, con fecha 26 de abril de 1983, suscrita por los padres
de Yolanda Urízar. Regrese al Texto
2 Carta suscrita por
Oscar Pérez Guisasola, padre de Rosa Estela Pérez
Villaseñor, dirigida a la Comisión de los Derechos
Humanos del Congreso de la República, con fecha 3 de septiembre
de 1984. Regrese al Texto
3 Los Tribunales de Fuero
Especial fueron instaurados por el gobierno de Ríos Montt,
el 1 de julio de 1982, en virtud del Decreto Ley 46-82, derogado
por el gobierno de Mejía Víctores, el 12 de agosto
de 1983, mediante el Decreto Ley 93-83. El Decreto Ley 74-84, del
18 de julio de 1984, otorgó indulto total a las personas
condenadas por dichos tribunales. Los casos fueron trasladados a
los tribunales ordinarios. Sin embargo, la mayoría de las
personas procesadas o condenadas continúan desaparecidas
hasta hoy. Los Tribunales de Fuero Especial estaban integrados por
jueces sin rostro y de identidad desconocida, quienes podían
ser civiles o militares. Tanto los jueces como su personal, eran
nombrados directamente por el jefe de Estado. Su competencia territorial
era decidida por el jefe de Estado y eran responsables de juzgar
delitos de carácter político y conexos. Para los delitos
comunes, se ampliaron las penas y se generalizó la aplicación
de la pena de muerte. Regrese al Texto
4 C 390. Febrero-Octubre,
1983. Ciudad de Guatemala. C 241. Mayo, 1983. Ciudad de Guatemala.
C 4311. Febrero, 1983. Sololá y ciudad de Guatemala. Regrese
al Texto
5 Prensa Libre,
16 de agosto de 1983. Regrese al Texto
6 C 20008. Enero 1983
a junio 1984. Americas Watch, Guatemala: A Nation of Prisoners,
1984, pg. 13. Regrese al Texto
7 El Gráfico,
14 de septiembre de 1983. En carta pública, María
Cruz López Rodríguez condenada a 30 años de
prisión por los Tribunales de Fuero Especial, expresó
que muchos de los detenidos se encuentran en el cuartel general
Justo Rufino Barrios. "Comunicado de Prensa No 19 de la Comisión
de Derechos Humanos de Guatemala (CDHG)" Noticias de Guatemala,
Año 6 No 97 del 20 de Octubre de 1983, pg.14-15. Lista
de 29 personas "detenidas desaparecidas" que estarían en
poder del Ejército en el Cuartel General Justo Rufino Barrios
de acuerdo con "Enfants Refugiés du Monde", París.
Americas Watch, Guatemala: A Nation of Prisioners, Ob.cit.,
pg. 26. Regrese al Texto
8 Conocida popularmente
como el Archivo. Regrese al Texto
9 CIA, Informe a Departamento
de Estado, febrero de 1983. Pq. 12.46. Regrese al
Texto
10 Ibidem. Regrese
al Texto
11 Testigo de referencia
CEH. Regrese al Texto
12 C 15552. Abril, 1979.
Guatemala. Anteriormente, el 20 de abril de 1979, América
Yolanda Urízar y dos personas más, una de ellas Florencia
Xocoy Chavéz, miembro de la Comisión de Organización
de la CNT, secuestrada y desaparecida el 21 de junio de 1980, fueron
capturadas en el aeropuerto internacional La Aurora, donde permanecieron
detenidas durante varias horas en una oficina interior. Posteriormente,
fueron trasladadas a las dependencias de la Policía Judicial,
donde permanecieron retenidas durante cuatro días, y luego
fueron puestas en libertad. Las víctimas fueron acusadas
de "distribución de material subversivo". El boletín
que distribuían contenía la denuncia sobre el caso
de un niño de dos años de edad, que fue forzado a
salir al exilio con su madre, quien había estado secuestrada
48 horas por las Fuerzas de Seguridad del Estado. Regrese al
Texto
13 Cable de la agencia
de noticias AP, 26 de abril 1983. Carta abierta al jefe de Estado,
Efraín Ríos Montt, suscrita por los padres de Yolanda
Urízar. Regrese al Texto
14 Carta abierta al
jefe de Estado, Efraín Ríos Montt, publicada en diarios
locales, con fecha 26 de abril de 1983, suscrita por los padres
de Yolanda Urízar. Regrese al Texto
15 Testigo directo CEH.
Regrese al Texto
16 Testigo de referencia
CEH. Años después, el vehículo de Lucrecia
Orellana fue localizado cuando se accidentó un militar destacado
en la base militar de Jutiapa, que lo conducía. Regrese
al Texto
17 Testigo de referencia
CEH. Regrese al Texto
18 Denuncia presentada
ante el Juzgado Tercero de Instancia y en el Departamento de Investigaciones
Especiales de la Policía Nacional, Oficio No. 5478, 14 de
junio de 1983. Regrese al Texto
19 Testigo de referencia
CEH. Regrese al Texto
20 Antonio García
Borrajo, Informe: Misión especial a Guatemala para investigar
sobre los Derechos del Hombre y en particular sobre las desapariciones
forzadas e involuntarias, octubre de 1983. Regrese al Texto
21 Testigo de referencia
Comisión de Derechos Humanos de Guatemala, 27 de enero de
1997. Regrese al Texto
22 Ibidem. Regrese
al Texto
23 Testigo directo CEH.
Regrese al Texto
24 Testigo de referencia
CEH. Prensa Libre, 20 de junio de 1983. Regrese al Texto
25 Testigo directo CEH.
El cual, según el declarante, el expediente tenía
aproximadamente seis pulgadas de grosor. Regrese al Texto
26 Testigo directo CEH.
Regrese al Texto
27 Testigo de referencia
CEH. Regrese al Texto
28 El 13 de marzo de
1998, en carta dirigida al director general de la Policía
Nacional, la CEH solicita acceso a los archivos del Segundo Cuerpo
de la Policía Nacional que contienen los ingresos y salidas
de personas detenidas al Hospital de la Policía Nacional,
en particular los correspondientes a los años 1982 y 1983.
El 16 de abril de 1998, en respuesta a la solicitud presentada por
la CEH, la Dirección del Hospital de la Policía Nacional
informa que "en este Centro Asistencial no se cuenta con datos solicitados
ya que fue hasta en el año de 1988, que se formó el
Departamento de Registros Médicos en este". C 776. Junio,
1982. Ciudad de Guatemala. Un declarante, quien estuvo detenido,
desaparecido; y, días antes de su liberación, fue
ingresado en el "Hospitalito" del Segundo Cuerpo de la Policía
Nacional, donde en el expediente medico aparecía como "paciente
xx". Regrese al Texto
29 Testigo de referencia
CEH. Regrese al Texto
30 Testigo de referencia
CEH. Regrese al Texto
31 Testigo de referencia
CEH. Regrese al Texto
32 Testigo directo CEH.
Regrese al Texto
33 Testigo directo CEH.
(T.C. 232). Regrese al Texto
34 Testigo de referencia
CEH. El informante le aseguró al familiar de Lucrecia Orellana
que en el entierro participaron cuatro personas, una de ellas un
argentino que aparentemente "enseñaba cómo torturar".
Regrese al Texto
35 Testigo directo CEH.
Regrese al Texto
36 Oficio No 5478, Departamento
de Investigaciones Especiales, de la Policía Nacional. Regrese
al Texto
37 Testigo de referencia
CEH. Regrese al Texto
38 El Gráfico,
11 de septiembre de 1983. Prensa libre, 23 de octubre de
1983. New York Times, 9 de junio de 1983. Regrese al Texto
39 C 960. Septiembre,
1983. Ciudad de Guatemala. Este caso incluye los secuestros de ambas
personas. Regrese al Texto
40 "(...) el Gobierno
ha negado tener en su poder a las compañeras reclamadas por
nuestra organización (...) pese a la intransigencia del ejército
guatemalteco, ha ordenado la libertad de las señoras Marta
Elena Ríos Montt de Rivas y Celeste Aída Mejía
Víctores". Regrese al Texto
41 Testigo directo CEH.
(T.C. 232). Regrese al Texto
42 Cartas dirigidas
al coronel Héctor Rafael Bol de la Cruz, quien se desempeñaba
como director de la Policía Nacional en 1984, demandando
información sobre el paradero de América Yolanda Urízar
Martínez de Aguilar: Unión Internacional de Trabajadores
de la Alimentación, UITA, representando 2 millones de trabajadores
de 61 países; Sindicato de la Policía de Alemania;
Amnistía Internacional Grupo 190 de París; Amnistía
Internacional Grupo 7§ Lausanne, Suiza; Amnistía Internacional
de Italia; Amnistía Internacional de Suiza; Seltzer, Gould
& Riehl de California y decenas de ciudadanos de Dinamarca, Francia,
Italia, Canadá, Austria, Alemania y España. Regrese
al Texto
43 Proceso N§ 1539,
Juzgado Octavo de Instancia Penal, el expediente está extraviado.
Regrese al Texto
44 Denuncia No. 571,
presentada el 9 de junio de 1983, ante el Departamento de Investigaciones
Técnicas de la Policía Nacional. Regrese al Texto
45 Proceso No. 2436,
Juzgado Tercero de Instancia Penal. También fue presentada
la denuncia ante el Departamento de Investigaciones Especiales de
la Policía Nacional, Oficio No. 5478, 14 de junio de 1983.
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