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Anexo I

Anexo I: Volumen 2

     

      CASO ILUSTRATIVO No. 81

 

TORTURA Y DESAPARICION FORZADA DE EFRAIN CIRIACO

BAMACA VELASQUEZ (COMANDANTE EVERARDO)

 

 

 

     "El comandante Everardo pidió de que yo denunciara la captura de él ante la Procuraduría de Derechos Humanos o a la Iglesia Católica (...) y, bueno, recordándolo tal como lo solicitó y la forma en que hizo es ahora como que lo estuviera viendo de nuevo; él solicitó con mucho, no sé explicar, pero con mucha tristeza, preocupación hacia qué iba a pasar con él (...), yo me comprometí en decirle sí lo voy a hacer, pero cuando pueda, porque todavía no tengo libertad".1 

 

 

I.

Antecedentes

 

     Efraín Ciriaco Bámaca Velásquez nació en 1957 en la finca El Tablero, El Tumbador, San Marcos, hijo de una pareja de campesinos. Desde niño se dedicó a las labores agrícolas.

 

     Bámaca, que deseaba estudiar, aprendió las primeras letras por propio esfuerzo, durante su adolescencia. En los alrededores de la finca que era su sede de trabajo se relacionó con miembros de la Organización del Pueblo en Armas (ORPA), entre ellos Gaspar Ilom, quien le enseñó a leer y escribir. Cumplidos los 18 años, se unió a este grupo y compatió con sus principales dirigentes. Al incorporarse a la guerrilla, adoptó el nombre de "Everardo" y decidió no volver a su casa, como una forma de proteger a su familia.2 

 

Bámaca pasó 17 años de su vida en la guerrilla, primero en las montañas de San Marcos, luego en Quetzaltenango y finalmente en Retalhuleu, en el frente guerrillero Luis Ixmatá, del cual pasó a ser comandante en 1989.

 

     En septiembre de 1991, en la ciudad de Houston, Texas, contrajo matrimonio civil con la abogada estadounidense Jennifer Harbury.3  Se conocieron en 1990, cuando ella realizó varias visitas a las montañas de San Marcos, con el propósito de observar la realidad que vivían las comunidades y en particular las mujeres combatientes de la guerrilla.

 

     En enero de 1992 las negociaciones de paz entabladas entre el Gobierno y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) no avanzaban con la rapidez deseada. El último Acuerdo entre las partes había sido el de Querétaro, sobre la búsqueda de la paz por medios políticos, suscrito en julio de 1991.

 

     En el primer trimestre de 1992 la agenda giraba en torno a temas de derechos humanos y a constituir una eventual Comisión de la Verdad. Por otro lado, la política contrainsurgente se extendía a la denominada "guerra psicológica",4  destinada a desgastar la moral del enemigo. En tal sentido, el Ejército presentó ante los medios de comunicación a varias personas que declararon haber desertado de la guerrilla y pidieron a sus compañeros abandonar la lucha armada.5  Sin embargo, no se sabe que ninguna de esas deserciones fuera voluntaria. Eran ex miembros de la insurgencia capturados por el Ejército, retenidos en cárceles clandestinas, torturados y, algunos de ellos, incorporados por la fuerza a la institución armada.

 

Un declarante ante la CEH, ex militante de ORPA, quien fuera objeto de detención ilegal en cárceles clandestinas, al referirse a otras víctimas sostiene:

 

     "Incluso ya salen hablando que es mentira, que a nosotros no nos torturaron, que nos entregamos voluntariamente (...) Imagínese cuando ellos salieron haciendo esa propaganda, juntaron con otros compañeros que creo que habían estado en las FAR, y eso lo usaron [los militares] como dos veces de propaganda: Me entregué voluntariamente".6 

 

     Por otra parte, en 1992, ante la reiteración de operaciones guerrilleras en áreas concretas, el Ejército organizó una unidad llamada Fuerza de Tarea Quetzal (FTQ), compuesta por tropas de la zona militar 1715 de Quetzaltenango y 18 de San Marcos. Esta unidad era dirigida desde el destacamento de Santa Ana Berlín, Coatepeque, Quetzaltenango, estaba comandada por tres coroneles y su función consistía en realizar operaciones de contrainsurgencia en el área de San Marcos, Quetzaltenango y Retalhuleu.

 

II.

Los hechos

 

La captura

 

     En marzo de 1992 Bámaca y su unidad guerrillera incursionaron, fuera de las montañas, en el área de Nuevo San Carlos, Retalhuleu. El 12 de marzo en el curso de un descanso rutinario, los combatientes fueron sorprendidos por efectivos militares de la FTQ. Los guerrilleros se dispersaron en distintas direcciones y huyeron en desorden debido a su desconocimiento preciso del lugar:

 

     "Nosotros nos encontrábamos en el municipio de Nuevo San Carlos Retalhuleu. En esos momentos estábamos en territorios que, para nosotros, eran desconocidos (...)".7 

 

El comandante Everardo, al mando de la columna guerrillera, corrió también, pero fue herido y apresado:

 

     "Yo todavía vi cuando el comandante y todos salimos por varios lugares, yo vi que el comandante salió corriendo (....) y vi cuando él corría para abajo. El iba disparando, esperaba que todos saliéramos (...) vi que aquél iba herido, y salí por otro lado".8 

 

Efectivamente Everardo sufrió una herida leve en un hombro.

 

Fue capturado y conducido al destacamento de Santa Ana Berlín, donde le reconoció uno de sus antiguos compañeros combatientes,

 

     "Estaba yo escuchando que un especialista del Ejército (...) le dijo al otro compañero capturado, también en el 89, que si conocía al comandante Everardo y que si lo podía reconocer y el otro compañero le dijo que sí (...) y me llamaron a mí y eso está justamente en los cuartos donde está la oficina de la G-2 en Santa Ana Berlín (...); él estaba acostado en una cama tipo litera, con las manos engrilletadas y vestía, ya habían puesto uniforme de soldado (...); hasta era difícil creerlo que un comandante capturado (...) pasando unos dos, tres días, yo platiqué con él personalmente".9 

 

Era la primera vez que el Ejército lograba la detención de un militante de la guerrilla de alto nivel jerárquico.

 

 

      La tortura

 

     Desde el mismo día de su captura, Bámaca fue sometido a tortura física.10  Primero le amarraron las manos, luego lo engrilletaron a una cama y fue interrogado reiteradamente por diferentes oficiales del Ejército. Bámaca fue trasladado varias veces de Santa Ana Berlín a la ciudad de Guatemala, por vía aérea, según testimonios con que cuenta la CEH. Entre otros lugares, estuvo en la cárcel clandestina denominada La Isla:

 

     "(...) Ahí estaba [Everardo] más mejor, ya le tenía colchón, ya tranquilo. Pero cuando se cerraba en alguna versión que no coincidía a las informaciones que tenía el oficial de lo que estaba hablando él, lo sentaban en la silla (...) sólo que es de hierro, sólo le pegan un quemón y son grandes reparos (...) [Everardo estuvo en ese lugar] cinco, seis, siete meses".11 

 

     En el mes de junio, los ex combatientes de la guerrilla, incorporados a la fuerza al Ejército, fueron convocados a una reunión por un alto oficial a cargo de la oficina de la G-2 de Santa Ana Berlín. En ese encuentro les hizo saber, según un testigo, que el comandante Everardo "se había escapado aquí en la ciudad capital, pues, y que lo habían vuelto a capturar y lo habían fusilado".12 

 

     Informaciones verídicas señalan, sin embargo, que Bámaca fue trasladado a la zona militar 18 de San Marcos, donde fue torturado por militares y médicos asignados a la enfermería de esa zona, que le aplicaban drogas durante los interrogatorios.13 

 

     Esta versión coincide con la de otro testigo, que asegura que en julio de 1992 el comandante Bámaca se encontraba en estado de semiinconsciencia en la zona militar de San Marcos, donde un oficial del Ejército ordenó el traslado de equipo médico, que incluía un cilindro con contenido desconocido, hasta la habitación donde estaba Bámaca. El comandante guerrillero se encontraba postrado en una cama, semidesnudo, y su forma de hablar evidenciaba ese estado de semi-inconsciencia:

 

     "Sí, yo lo vi, pues, de que lo tenían vendado el brazo izquierdo y una pierna derecha (...); ahora lo que sí me llamó mucho la atención y no sé cómo explicarlo, pero de lo que estaba pasando pues, de que yo lo había visto a Everardo un día antes normal, pero ya al ver ese momento, el cuerpo ya desformado (sic) y todo eso, pero ahora, qué le hicieron no podría yo afirmar qué hicieron con ello, ni médico no había, ahora lo raro del comandante Everardo hablaba ya diferente, no tenía esa voz un poco ronco, como dormido".14 

 

     Además, entre los métodos de tortura utilizados contra Bámaca se incluyó el enyesado completo del cuerpo. Documentos desclasificados del Gobierno de Estados Unidos abundan en este hecho, señalando que el prisionero intentó varias veces escaparse y se tomó la decisión de enyesarlo para evitar su fuga.15  Por otra parte, existe certeza de que, en todo momento, la seguridad del prisionero estuvo a cargo de agentes de Inteligencia militar.

 

     El 24 de julio de 1992 un testigo vio a Bámaca en la zona militar 18 de San Marcos, donde junto a otra ex militante de ORPA hablaron con él por última vez.16 

 

     De conformidad con documentación desclasificada de la Agencia Central de Inteligencia de Estados Unidos, "un funcionario del Gobierno guatemalteco se enteró de que el comandante de la Organización del Pueblo en Armas -ORPA- Efraín ((Bámaca)) Velásquez, alias 'comandante Everardo', fue ejecutado por el coronel (...). Oficiales militares dijeron que dentro del Ejército se sabía que [él], fue quien mató a Bámaca. Oficiales de alto rango decidieron no hacer nada con la información".17 

 

En similar documentación desclasificada figuran declaraciones del coronel al que se atribuye haber dado muerte a Bámaca:

 

     "Relató que era desde este destacamento militar [Santa Ana Berlín] que las patrullas de la Fuerza de Tarea eran conducidas usando a Bámaca como guía, para buscar buzones escondidos de armas. Fue una de estas patrullas, bajo el mando del mayor (...) y guiada por Bámaca, que fue emboscada [por la guerrilla]. El mayor (...) fue herido durante el enfrentamiento y la patrulla retrocedió de regreso a Santa Ana Berlín. Se tomó entonces la decisión de eliminar a Bámaca (...). Luego [llamaron] al comandante de la zona militar 18 en San Marcos para pedir instrucciones con respecto a Bámaca. (...) Llamaron a la Dirección de Inteligencia (D-2) en la ciudad de Guatemala (----) un helicóptero de la Fuerza Aérea llegó a Santa Ana Berlín con el Director de Inteligencia (...) y el director de Operaciones (...) a bordo. La aeronave, [con los dos directores militares] recogieron a Bámaca y se fueron de Santa Ana Berlín (...). Se cree que esta patrulla particular y los hechos que siguieron probablemente tuvieron lugar durante el período de tiempo julio, posiblemente agosto [1992]".18 

 

     También existen versiones, no confirmadas por la CEH, en el sentido que los restos de Bámaca estarían enterrados en el destacamento militar Las Cabañas, La Montañita, en el departamento de San Marcos.19 

 

     Otra versión es la de un ex miembro de Inteligencia militar, que asegura que Bámaca fue asesinado en agosto de 1993 por los efectivos militares que lo mantuvieron cautivo en La Isla. Según esta interpretación, el cuerpo de Bámaca fue enterrado en un lugar y la cabeza en otro, acaso en Santa Lucía Cotzumalguapa, Escuintla, entre unos cañales.20 

 

III.

Después de los hechos

 

La supuesta muerte de Bámaca durante el enfrentamiento en Nuevo San Carlos

 

     Las noticias de la captura no se publicaron en su momento. El interés del Ejército era extraer, primero, toda la información que podía tener el comandante guerrillero. Una fuente de la Agencia Central de Inteligencia (CIA), comenta:

 

     "Everardo continúa cooperando con el Ejército, el cual probablemente mantendrá las noticias de su captura en secreto, o aun sostendrá que fue asesinado, para maximizar su valor de Inteligencia".21 

 

Tiempo después, las autoridades guatemaltecas sostuvieron que Bámaca había muerto en combate o se había suicidado ante su inminente captura por el Ejército:

 

     "La versión oficial del Ejército guatemalteco sobre Bámaca es que o murió en un tiroteo con tropas gubernamentales o en vez de ser capturado se suicidó. Según se informa, se deshizo del cadáver en un lugar no identificado".22 

 

      Esta versión también fue sostenida públicamente, a escala nacional:

 

     "El Ejército ha negado tenerlo [a Bámaca] y ha afirmado que pereció en el enfrentamiento, pero su cadáver no aparece".23 

 

     Por otra parte, representantes de la URNG pidieron al procurador de los Derechos Humanos, Ramiro de León Carpio, que solicitara a la G-2 del Ejército información sobre el cadáver encontrado a orillas del río Ixcucuá. En su respuesta, en teoría basada en la mera información que le proporcionó el Ejército, que consta en una carta suscrita por él, con fecha 11 de mayo de 1992, el procurador informó lo siguiente:

 

     "El día trece de marzo del año en curso, a las trece horas, a orillas del río Ixcucuá del Cantón Montúfar, municipio de Nuevo San Carlos, Retalhuleu, fue encontrado el cadáver cuyas características son: sexo masculino, moreno, cara redonda, frente amplia, ojos café, cejas pobladas, nariz chata, boca grande, pelo lacio color negro, labios gruesos, bigote rasurado, de complexión fuerte, con una edad aproximada de treinta años, una estatura de un metro sesenta centímetros aproximadamente (...). El cadáver presentaba proyectiles de arma de fuego en la espalda a la altura de la cintura y la columna, el cráneo destrozado por proyectil, supuestamente dicha persona se disparó con su arma en la boca, pues la salida del proyectil se encuentra a la altura del occipital, desprendimiento de masa craneana".24 

 

Esta descripción corresponde a las características de Bámaca.

 

En el expediente judicial 395/92 del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Instrucción de Retalhuleu se encuentra otra descripción sobre las características del cadáver encontrado a orillas del río Ixcucuá el 13 de marzo de 1992, suscrita por el juez, que coincide con la contenida en la carta mencionada remitida por el procurador de los Derechos Humanos y que permitiría sostener que dicho cadáver pertenece al guerrillero.

 

Sin embargo, en el mismo expediente judicial se encuentra la descripción del cadáver consignada por el médico forense que practicó la necropsia del cuerpo, que no coincide con las anteriores e impide sostener que aquel corresponda a Bámaca.

 

En el acta, el juez describe en forma muy minuciosa el vestuario que llevaba la víctima y en cuanto a las lesiones, se señala que el cuerpo presentaba heridas de proyectil de arma de fuego a la altura de la cabeza, la espalda, la cintura y la columna, y que el cráneo lo tiene destrozado.

 

 

 

En la misma acta consta también la declaración de un oficial del Ejército, que asegura:

 

     "El día doce de los corrientes, aproximadamente a las doce horas hubo un encuentro armado entre elementos del Ejército nacional y subversivos en el Cantón Montúfar y después de continuar con la operación en el Cantón Montúfar se encontró el cadáver de la persona antes detallada".25 

 

     El juez, al describir el supuesto cadáver de Bámaca, si bien coincide en general con sus características físicas, establece en cambio que éste no tiene lunares ni cicatrices. Sin embargo, la esposa asegura que, en vida, el cuerpo del guerrillero estaba marcado por muchas cicatrices, producto de 17 años de combates en las montañas:

 

     "[Everardo] fue un museo de cicatrices de guerra, verdad, si él [el juez] sabía qué tipo de ropa interior es estilo bikini con rayas horizontales azules, cómo es que no vio ni una cicatriz de tantas, pero bien visibles, verdad, es ridículo, en otras palabras él nunca vio a Everardo por el río, alguien lo había pasado, este idéntico, descripción lo mismo que el Ejército había pasado a Ramiro de León Carpio [procurador de Derechos Humanos]".26 

 

     Por otra parte, el forense describe el cadáver de la siguiente forma: "(...) individuo de sexo masculino, de veinticinco años de edad aparente, tez morena clara, achinado, bigote fino, sin barba, cabello negro lacio, de un metro cincuenta y cinco centímetros de estatura".27 

 

     La descripción del médico forense, donde señala como causa de la muerte la asfixia por estrangulamiento y contusiones de cuarto grado y tórax,28  coincide en alto grado con las de otra persona, quien según testigos era de nombre Cristóbal Che Pérez, conocido como Valentín.29 

 

     Los testigos sostienen que, en el momento de los hechos, Valentín prestaba sus servicios al Ejército como especialista G-2. Había sido detenido en 1989, torturado y a continuación obligado a pertenecer a las fuerzas armadas.

 

La hipótesis que surge de ese testimonio es que Valentín fue asesinado por el Ejército para suplantar el cuerpo de Bámaca, a fin de hacer creer a la guerrilla y a la opinión pública que el comandante había muerto durante la refriega.

 

Uno de los testigos asegura que Valentín fue conducido por militares a Santa Ana Berlín, donde un mayor del Ejército ordenó:

 

     "Que lo vistan con uno de los uniformes del comandante Everardo, luego lo llevan hasta el lugar del combate, en donde le dan muerte y hacer creer a la columna del frente guerrillero Luis Ixmatá que su comandante está muerto".30 

 

Otro testigo, ex miembro de Inteligencia militar, aseveró:

 

     "Entre ellos dos [oficiales del Ejército] estuvo la planificación de simular así. Entonces idearon para ese que era ex guerrillero (...) y lo mataron en un calabozo de la Base Aérea del Sur. Así ahorcado. Al otro día bajamos nosotros a recogerlo del calabozo y lo llevamos a la punta de pista. Nosotros, ya el grupo de nosotros, aquellos solo lo mataron (...) Y ahí se desconoció lo uniformamos y todo. O sea, lo picamos a tiros (...) pero ya estaba muerto. Nosotros sólo desconocerlo. El ya estaba muerto, ya lo habían ahorcado y nosotros lo desconocimos (...) le pusimos fusil, todo (...) Y lo echamos al helicóptero y lo llevamos a la montaña (...) de ahí de donde fue el agarre, donde cayó Bámaca, ahí lo fuimos a tirar (...) Posteriormente una patrulla pasó. O sea, que ya estaba todo coordinado, pasó la patrulla y ya lo sacó y se lo llevó para la morgue (...) Lo reportaron como muerto pero aquel estaba vivo allá en Berlín".31 

 

Esta versión coincide con la causa de muerte por estrangulamiento establecida por el médico forense.

 

El 20 de mayo de 1992, a solicitud del procurador de los Derechos Humanos, quien había sido requerido por la URNG, se dictó una orden judicial para exhumar el cadáver que había sido inhumado como XX en el cementerio de Retalhuleu.

 

     A la diligencia que correspondía practicar asistieron, además del procurador de Derechos Humanos y sus asistentes, el médico forense y tres ciudadanos norteamericanos, entre ellos Jennifer Harbury, quien hasta ese momento no se había identificado como la esposa del comandante guerrillero.32  Ella era la única persona que podría identificar con certeza el cadáver de Bámaca, por haber convivido recientemente con él.33 

 

     Hacia las ocho de la mañana, cuando la exhumación ya se había iniciado, se presentó de pronto el procurador general de la nación y jefe del Ministerio Público, seguido por cámaras de vídeo y acompañado por decenas de policías, exigiendo la suspensión de la diligencia en pues a la entidad que él representaba no se le había notificado.34  Además, preguntó quién de los presentes era guerrillero o familiar de la víctima, para que pudiese identificar el cadáver. Mientras esto ocurría, los presentes eran filmados por los acompañantes del funcionario.35 

 

Ante la sorpresiva aparición del procurador general de la nación y su requerimiento de anular la diligencia, debido a que no habían acudido parientes de Bámaca que pudieran identificarlo, el juez decidió la suspensión.

 

     El 17 de agosto de 1993 se realizó la exhumación del cadáver, que fue reconocido por el forense como aquél sobre el cual practicó la necropsia el 13 de marzo de 1992. Además, los técnicos forenses determinaron que el cuerpo pertenecía a una persona que tenía entre 18 y 20 años. Esta circunstancia y la constatación de la forma de la muerte y las características dentales, permitieron a los expertos forenses concluir que el cuerpo no pertenecía a Bámaca.36 

 

 

La búsqueda

 

     Tanto la señora Harbury como entidades humanitarias solicitaron a los tribunales guatemaltecos, por lo menos en tres oportunidades, la exhibición personal de Bámaca. Ninguno de los recursos aportó el resultado esperado y todos fueron declarados improcedentes por los órganos jurisdiccionales.

 

     La señora Harbury desarrolló una intensa actividad para localizar al comandante guerrillero desaparecido, búsqueda que se intensificó a comienzos de 1993, al conocer las noticias de que era posible que su esposo aún estuviera vivo.37  Luego de haber dado a conocer su parentesco con el comandante guerrillero realizó gestiones ante autoridades guatemaltecas y, una vez más, solicitó la exhibición personal de Efraín Bámaca, pero sin resultados.

 

En septiembre de 1993 la señora Harbury realizó una huelga de hambre frente a la antigua Escuela Politécnica, en la ciudad de Guatemala, exigiendo información a los militares guatemaltecos sobre el paradero de su esposo.

 

     Entre octubre y noviembre de 1994, durante 32 días, la señora Harbury llevó a cabo su segunda huelga de hambre, esta vez frente al Palacio Nacional. La representación diplomática de Estados Unidos en Guatemala, realizó gestiones ante autoridades nacionales y reclamó noticias sobre la captura del comandante guerrillero. Más tarde, fue nombrado un fiscal especial para investigar el caso y las autoridades propusieron practicar una nueva exhumación.

 

     La última huelga de hambre la realizó la señora Harbury frente a la Casa Blanca, en Washington D.C., en marzo de 1995, al cumplirse tres años de la detención de Efraín Bámaca. A los pocos días obtuvo, de acuerdo con su versión, resultados positivos: luego de la intervención de un congresista norteamericano, la señora Harbury fue informada por un senador de ese país, que, de conformidad con revelaciones con que contaba el Gobierno estadounidense, su esposo había sido capturado vivo, que estuvo preso en cárceles clandestinas y que posteriormente había sido ejecutado:

 

     "El día 12 Torricelli, el congresista Torricelli ahorita senador, me llamó a su oficina y preguntó de mi salud y estaba bien preocupado y después preguntó quién está diciendo a usted en el Departamento de Estado y le dije que me están diciendo que, según la red de Inteligencia, que él sí fue capturado vivo en marzo 92, que fue levemente herido pero no seriamente, que no hubo ningún peligro de morir de sus heridas y que no hay información, que todavía es vivo, y lo veo muy raro, muy ridículo, ¨verdad? (...). Dicen que no hay evidencia que es muerto (...) Y él [Torricelli] se puso pero bravo, pero bravo, y dijo: Y no sé por qué están diciendo estas babosadas en tantas palabras, ¨verdad?; bien saben que su esposo es muerto y según los archivos, y él pensó que murió en el 92, los fines de 92 aunque hay más documentos ahorita, ¨verdad?; y que fue asesinado por órdenes del coronel (...) que es, era un informante pagado por la CIA (...) y que es ridículo que no me lo habían dicho mucho antes (...) y con eso dejé mi huelga y empecé un juicio bajo la Ley de Divulgación Libre de Información, en contra de la CIA y más tarde en contra de otras agencias (...), y con eso agarré varios documentos (...)".38 

 

 

La investigación y el proceso penal

 

El 8 de noviembre de 1994 la Corte Suprema de Justicia encargó al procurador de los Derechos Humanos llevar a cabo un procedimiento especial de averiguación, para determinar el paradero de Bámaca.

 

El 9 de diciembre de 1994 el procurador, de acuerdo al código Procesal Penal,39  presentó su Informe, en el cual, luego de describir las diferentes diligencias y acciones efectuadas, concluyó:

 

     "No obstante tales esfuerzos y la utilización eficiente y exhaustiva del término dado para el cumplimiento del mandato, dicha persona no fue encontrada en lugar alguno detenida por funcionarios o fuerzas de seguridad del Estado de Guatemala, no pudiéndose establecer su paradero, así como tampoco determinar si, a la fecha, está muerto o aún vive".40 

 

     Mientras tanto, el Gobierno de Estados Unidos realizó intensas gestiones ante su homólogo de Guatemala. Cuando visitó el país el subsecretario norteamericano de Democracia, Derechos Humanos y Trabajo, John Shattuck, en noviembre de 1994, se entrevistó con altas autoridades guatemaltecas.

 

Los diferentes medios de comunicación informaron de lo siguiente:

 

     "Según el subsecretario de Democracia, Derechos Humanos y Trabajo, el Ejército participará en la investigación del caso Bámaca. Gobierno norteamericano pide investigar los casos Harbury [Bámaca], Ortíz, Devine y Blake (...). Shattuck, quien estuvo dos días en nuestro país, se reunió con el ministro de la Defensa (...); con el procurador de Derechos Humanos (...); con diputados de diversas bancadas, representantes de MINUGUA, Iglesia y líderes sindicales, para evaluar la cuestión de derechos humanos y trabajo".41 

 

     "El caso Bámaca ha hecho temblar al Gobierno, pues Washington está interviniendo y han salido a luz informes acerca de que la embajada de Estados Unidos tenía conocimiento de que Bámaca está en poder del Ejército y que de ello fue informada la CIA".42 

 

     "Presión para resolver casos que le interesan a EUA. Subsecretario del Buró de Democracia y Trabajo de EUA dice que el Ejército se comprometió a esclarecerlos".43 

 

El Departamento de Estado también presionó, para que se obtuvieran resultados de la investigación:

 

     "Continuaremos a presionar al presidente De León para asegurar que la investigación trae resultados (...)".44 

 

     "Compartimos su preocupación sobre la falta de avances en resolver el caso y, como he dicho, continuaremos a presionar las autoridades guatemaltecas de proporcionar una explicación completa [sobre el caso Bámaca]".45 

 

     En 1995, el Ministerio Público practicó varias diligencias, entre ellas la citación a declarar a varios funcionarios de la Policía y de los tribunales que tuvieron conocimiento sobre el cadáver encontrado a orillas del río Ixcucuá el 13 de marzo de 1992. También algunos militares fueron citados a prestar declaración,46  entre ellos el oficial del Ejército que, supuestamente, ejecutó a Bámaca. Este prestó declaración el 27 de marzo de 1995.

 

Por otra parte, hasta marzo de 1995 el caso estuvo a cargo del Juzgado Primero de Primera Instancia Penal de Retalhuleu.

 

Posteriormente el juez que conocía la causa resolvió trasladar el expediente al Juzgado Militar de Retalhuleu.

 

En junio de ese mismo año el juez militar, sobre la base del testimonio de cuatro personas que habían ofrecido con anterioridad declaración ante el Ministerio Público,47  contrariando la conclusión de los forenses y dando por hecho que el cadáver hallado a orillas del río Ixcucuá correspondía al guerrillero, ordenó inscribir con carácter oficial la muerte de Efraín Ciriaco Bámaca Velásquez en el Registro Civil del municipio de Nuevo San Carlos, Retalhuleu, asentando la correspondiente partida de defunción.

 

Según información de la CIA, el ministro de la Defensa tenía conocimiento con anticipación de la práctica y el resultado de esta diligencia:

 

     "A finales de febrero de 1995, el ministro guatemalteco de la Defensa, relató (-----) a oficiales (------) sobre acciones tomadas por las fuerzas armadas guatemaltecas en respuesta a las acusaciones de que el Ejército todavía tiene capturado al líder de la Organización del Pueblo en Armas (ORPA) Efraín ((Bámaca)) Velásquez, alias "Comandante Everardo". Durante el relato (-----) dijo [que] un cuerpo que fue exhumado durante la búsqueda de los restos de Bámaca, era en realidad el cuerpo de Bámaca (-----). Según una investigación realizada por el Ejército, el juez que presidió sobre la exhumación fue sobornado para declarar que el cadáver exhumado no era lo del comandante insurgente Bámaca. (----) comentó que el juez, actualmente en situación de retiro, se presentará en la Corte para cambiar su evaluación anterior y declarar que el cadáver exhumado sí era de Bámaca".48 

 

     Jennifer Harbury, en su calidad de esposa de Efraín Bámaca, era parte en el proceso, hasta que fue separada del mismo el 28 de febrero de 1995, por decisión del juez segundo de Primera Instancia Penal de Retalhuleu, debido a que no reunía los requisitos exigidos por la ley. En este sentido, es importante señalar que el matrimonio de Harbury con el guerrillero fue objeto de controversias judiciales en Guatemala. En especial, el procurador general de la nación se opuso a su reconocimiento e inscripción.49  También intervino el Ejército en esta controversia, contratando incluso abogados estadounidenses, para que impugnaran el matrimonio. Según información de la CIA, así lo afirmó el ministro de la Defensa:

 

     "En respuesta a la presión del Gobierno de los Estados Unidos, (...) dijo que el Ejército guatemalteco está pagando a dos abogados de Estados Unidos en Houston, Texas, para investigar los reclamos de la supuesta esposa norteamericana que ella está legalmente casada con Bámaca. (...) Comentó que aunque los abogados están recibiendo una buena suma de dinero por sus servicios, parece que lo que ellos intentan producir será útil para Guatemala".50 

 

     También el Ejército contrató a tres abogados, por tiempo completo, para que se entregaran a la defensa de los militares acusados del apresamiento y subsiguiente desaparición de Bámaca.51 

 

     La señora Harbury presentó en marzo de 1993 el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Esta instancia lo aceptó, para tramitarlo, y el 30 de agosto de 1996 presentó la correspondiente demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, contra el Estado de Guatemala. En esa instancia ya se concluyó el trámite y sólo aguarda que se dicte sentencia.

 

El proceso penal continuó en Guatemala y los militares acusados solicitaron el sobreseimiento de la causa, que les fue denegado.

 

     En mayo de 1995 el fiscal especial del caso fue sustituido. Nombraron en su lugar al Dr. Julio Arango, quien a consecuencia de su función denunció sufrir amenazas, intimidaciones y un atentado. Además, declaró que no había recibido el apoyo requerido al fiscal general, para realizar una exhaustiva investigación del caso. El Dr. Arango renunció al cargo en agosto del mismo año. A los pocos días, el fiscal general anunció que el caso pasaría a ser investigado por la fiscal distrital de Retalhuleu, Silvia Anabella Jerez de Herrera. Desde entonces, la investigación se tornó más lenta.

 

En febrero de 1998 el Ministerio Público solicitó de nuevo a la juez competente la exhumación del cadáver encontrado el 13 de marzo de 1992, con el propósito de extraer diferentes muestras y hacer pruebas de laboratorio, para cotejarlas con elementos aportados por los familiares de Bámaca y establecer su identidad.

 

     En una primera resolución, la juez ordenó la exhumación; sin embargo, los abogados defensores de los militares acusados impugnaron esa resolución, por lo que la misma fue revocada. La denegación fue confirmada por la Sala de Apelaciones competente, el 12 de mayo de 1998.52 

 

IV.

Conclusiones

 

La CEH, tomando en consideración todos los antecedentes recabados, ha llegado a la convicción de que Efraín Ciriaco Bámaca Velásquez, conocido como comandante Everardo, de la Organización del Pueblo en Armas (ORPA), fue capturado con vida el 12 de marzo de 1992, luego de un breve enfrentamiento con efectivos del Ejército.

 

     Asiste también a la CEH, la presunción de que Bámaca Velásquez fue sometido a torturas por elementos del Ejército, mientras se le mantenía prisionero en diversas sedes militares, en violación de su derecho a la integridad personal y en infracción a las normas que, sobre trato a los prisioneros, establece el Derecho Internacional Humanitario. Sobre la base de múltiples testimonios y antecedentes, la CEH considera que este caso ilustra sobre la existencia de lugares clandestinos de reclusión de guerrilleros, ubicados en sedes militares, situación que también infringe normas básicas del Derecho Internacional Humanitario.

 

Con los antecedentes disponibles, incluidos aquellos que permiten presumir con fundamento la posterior ejecución de la víctima, la CEH ha llegado a la plena convicción de que Bámaca Velásquez fue víctima de desaparición forzada, grave violación de derechos humanos que fue ordenada o, a lo menos encubierta, por mandos militares.

 

El análisis de todos los elementos de la investigación permite presumir fundadamente a la CEH, que las actuaciones oficiales destinadas a sustentar la versión de que la víctima había muerto en combate son manifestaciones típicas del ocultamiento de la verdad que caracterizan a la desaparición forzada.

 

La colaboración que, para realizar dichas actividades de encubrimiento de la verdad, prestaron entidades del Estado cuyo deber es indagar y perseguir los delitos, sumada a actuaciones de franca denegación de justicia de algunos funcionarios, con su secuela de impunidad, permite a la CEH formarse la convicción de que, cualquiera sea el resultado final de los procedimientos judiciales, en este caso de grave violación de los derechos humanos el Estado de Guatemala ha faltado a su deber de investigar los hechos y sancionar a los responsables.

 


1  Testigo directo CEH. (T.C. 664). Regrese al Texto

2  Testigo de referencia CEH. Regrese al Texto

3  Certificación de Declaración y Registro de Matrimonios, Condado de Travis, Texas, EE UU, de fecha 22 de junio de 1993. Regrese al Texto

4  CI 33. Julio, 1992. Regrese al Texto

5  C 20031. Julio 1992, Guatemala, C 4289. Octubre, 1991, Sacatepéquez, CI 42. Primer trimestre de 1992. Departamento de Defensa, Informe a Departamento de Estado, noviembre 1994, HR/9.19. Establece que "un número inespecificado de guerrilleros están en la planilla del Ejército. Estos guerrilleros han pasado a través de interrogación y han estado de acuerdo en trabajar para el Ejército de allí en adelante. Aquellos que se rehusan son ejecutados en forma sumaria. Sólo aquellos con valor de propaganda escapan de este destino. -Manifestó que el Ejército guatemalteco tiene un número inespecífico de antiguos combatientes de la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) en su planilla. De acuerdo con (...) los guerrilleros que han sido capturados e interrogados por el Ejército, para información de valor de Inteligencia, se les dan dos opciones una vez el interrogatorio está completo. La primera es que ellos pueden enlistarse en el Ejército, primero trabajar para la Dirección de Inteligencia (D-2) en contra de la unidad o las unidades a las que antiguamente pertenecieron. Una vez su utilidad ha sido explotada totalmente por la D-2, ellos entonces son asignados a otros trabajos, dependiendo de sus habilidades y capacidades. El Ejército no permite que antiguos guerrilleros se integren a unidades de combate ni se les permite llevar un rifle en combate. Aquellos que rehusan integrarse al Ejército son asesinados en forma sumaria y enterrados en tumbas sin nombres (...) Continuó diciendo que esta técnica ha sido usada por el Ejército de Guatemala desde el inicio de este conflicto y continúa siendo usada hoy, aunque el Ejército reconoce que es una nueva era, donde el Ejército tiene que estar preocupado acerca de las violaciones a los derechos humanos (...) Dijo que el Ejército no cree que sea violación de derechos humanos el asesinato de guerrilleros, porque los guerrilleros saben que al comprometerse en una guerra abierta contra el Ejército guatemalteco, ellos encaran la muerte". Regrese al Texto

6  Testigo directo CEH. (T.C. 664). Regrese al Texto

7  Testigo directo CEH. (T.C. 838). Regrese al Texto

8  Ibidem. Regrese al Texto

9  Testigo directo CEH. (T.C. 664). Regrese al Texto

10  Testigo directo Corte Interamericana de Derechos Humanos. En horas de la noche escuchó cómo en el cuarto vecino al suyo golpeaban a Bámaca. El testigo era de los combatientes capturados y obligados a pertenecer al Ejército. Regrese al Texto

11  Testigo directo ODHA. Regrese al Texto

12  Testigo directo CEH. (T.C. 664). Regrese al Texto

13  Departamento de Defensa, Informe de Inteligencia a Agencia de Inteligencia de la Defensa (DIA), noviembre 1994, HR/9.26. "(...) Estos oficiales eran asistidos en los interrogatorios por dos médicos no identificados, asignados a la enfermería de la sede de la zona militar 18 (...) Relató que los médicos proveían las drogas necesarias que fueron usadas en los interrogatorios". Regrese al Texto

14  Testigo directo CEH. (T.C. 664). Regrese al Texto

15  Departamento de Defensa, Informe de Inteligencia a la Agencia de Inteligencia de la Defensa (DIA), noviembre 1994, HR/9.17. "Stated that Bámaca proved to be such a problem that the decision was made to encase his body in a complete body cast as if he had received numerous fractures or broken bones. Stated this was used simply to control him and prevent him from attempting to escape". Departamento de la Defensa, Informe de Inteligencia a la Agencia de Inteligencia de la Defensa (DIA), noviembre 1994. HR/9.26. Prensa Libre, 01 de septiembre de 1996. Regrese al Texto

16  Testigo directo CEH. (T.C. 664). Regrese al Texto

17  CIA, Informe a Departamento de Estado y otras agencias, enero 1995, HR/9.68. "Guatemalan government official learned that Guatemalan revolutionary Organization of people in arms commander Efraín ((Bámaca)) Velásquez alias 'comandante Everardo' was killed by colonel (---). Military officers said that it was known within (---) the army that (---) was the individual who killed Bámaca, but (---) senior ranking officers had decided not to do anything with the information". La CEH no puede proporcionar el nombre del citado coronel, en razón de su mandato. Regrese al Texto

18  Departamento de Defensa, Informe a Departamento de Estado, julio 1995, HR/1.20. Regrese al Texto

19  Testigo de referencia CEH. Testigo de referencia Corte Interamericana de Derechos Humanos. Regrese al Texto

20  Testigo de referencia ODHA. Regrese al Texto

21  CIA, Informe a Departamento de Estado, 18 de marzo de 1992, HR/9.2. En este mismo documento se detalla la información que los militares han podido obtener del comandante Everardo, sobre abastecimiento de armas, sus tarjetas de identidad, etc. Regrese al Texto

22  Departamento de Defensa, Informe de Inteligencia a la Agencia de Inteligencia de la Defensa (DIA), septiembre 1993, HR/9.8. Carta del Senado de los Estados Unidos al asistente del presidente para Asuntos de Seguridad Nacional, 10 de noviembre de 1994. Regrese al Texto

23  Prensa Libre, 20 de noviembre de 1994, pg. 6. Regrese al Texto

24  Carta del procurador de los Derechos Humanos, a Francisco Villagrán Muñoz de la URNG, 11 de mayo de 1992. Regrese al Texto

25  Expediente Judicial Causa 395/92 Of. 2§, del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Instrucción de Retalhuleu e informe médico forense de necropsia practicada el 13 de marzo de 1992, firmado por el forense del departamento de Retalhuleu. Regrese al Texto

26  Testigo directo CEH. Regrese al Texto

27  Informe del médico forense del departamento de Retalhuleu, Dict. No. 232-92, dirigido al juez segundo de Primera Instancia de ese mismo departamento. Regrese al Texto

28  Un dato que resulta interesante del Informe es que las manos son descritas como sucias de tinta negra. También nota una cicatriz antigua en la mano derecha. La necropsia fue practicada el 13 de marzo de 1992. El Informe está firmado por el forense del departamento de Retalhuleu. Regrese al Texto

29  En expediente sin número del Ministerio Público se encuentra certificación de fecha 29 de mayo de 1995, extendida por el encargado del Registro de Vecindad de San Andrés Villa Seca, departamento de Retalhuleu, de la cédula de vecindad de Cristóbal Ché Pérez, en donde constan sus características y rasgos físicos: "Color de la tez morena; color de los ojos cafés; color del cabello negro. ¨Es lacio? Sí (...). Estatura 1 metros (sic) 58 centímetros", que tienen coincidencia con las que reportó el médico forense en la necropsia practicada al cadáver encontrado el 13 de marzo de 1992. Regrese al Texto

30  Testigo directo (ex G-2) Ministerio Público. 20 de mayo de 1995. Regrese al Texto

31  Testigo directo (ex miembro de Inteligencia militar) ODHA. Regrese al Texto

32  Según la señora Harbury, ella se encontraba atemorizada y prefirió no revelar en ese momento que estaba casada con Bámaca. Regrese al Texto

33  La última vez que habían estado juntos había sido en enero de 1992. Regrese al Texto

34  Se cree que el funcionario arribó por helicóptero a las instalaciones militares del lugar y desde allí fue trasladado en vehículo hasta el cementerio. Regrese al Texto

35  Testigo directo CEH. Regrese al Texto

36  Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Caso de Efraín Bámaca Velásquez (11.129). Regrese al Texto

37  En enero de 1993 se enteró, por un testigo, de que Bámaca había sido visto vivo en diferentes sedes militares después de su captura, por lo menos hasta finales de julio de 1992. Regrese al Texto

38  Testigo directo CEH. Jennifer Harbury, Searching for Everardo, 1¦ Edición, Warner Books. (USA, 1997), pg. 314. Regrese al Texto

39  Artículos 467 al 473 del Código Procesal Penal. Regrese al Texto

40  Informe Final de Acciones y Diligencias en el Procedimiento Especial de Averiguación en el caso Bámaca Velásquez, presentado a la Corte Suprema de Justicia por la Procuraduría de los Derechos Humanos, el 9 de diciembre de 1994. Regrese al Texto

41  Siglo Veintiuno, 19 de noviembre de 1994. Regrese al Texto

42  Prensa Libre, 20 de noviembre de 1994. Regrese al Texto

43  La Hora,18 de noviembre de 1994. pg. 7. Regrese al Texto

44  Departamento de Estado de EE UU, Memorándum al Secretario de Estado, 02 de febrero de 1995. Regrese al Texto

45  Departamento de Estado de EE UU, Resumen de presentación diaria a la Prensa en Washington D.C., 10 de marzo de 1995. Regrese al Texto

46  El fiscal especial del caso tenía parentesco con algunos militares de alta en el Ejército. Regrese al Texto

47  Los testimonios fueron proporcionados por el juez y secretario del Juzgado de Paz de Retalhuleu y por dos agentes de la Policía Nacional que el 12 de marzo de 1992 participaron en la diligencia judicial correspondiente al levantamiento del cadáver del presunto guerrillero muerto durante un enfrentamiento armado. Estas cuatro personas identificaron una foto de Everardo muchos meses después de haber levantado su supuesto cadáver. Regrese al Texto

48  CIA, Informe a Departamento de Estado, 7 de marzo de 1995, HR/9.84. Regrese al Texto

49  El expediente civil finaliza con la resolución de la Corte de Constitucionalidad, publicada el 18 de octubre de1996. Esta resolución deniega el recurso de Amparo presentado por Jennifer Harbury contra la decisión del Juzgado de Paz de El Tumbador, San Marcos, que apoya la negativa del registrador civil de este mismo municipio a inscribir el matrimonio celebrado en Texas. Regrese al Texto

50  CIA, Informe a Departamento de Estado, 7 de marzo de 1995, HR/9.84. Regrese al Texto

51  Departamento de la Defensa, Informe a CIA y al Departamento de Estado, enero 1995, HR/9.62. Se refiere a una reunión de comandantes del Ejército. Regrese al Texto

52  Pocos días después, la fiscal Silvia Jerez, a cargo del caso Bámaca, fue asesinada. La CEH no tiene una opinión sobre los motivos del crimen.

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