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Capitulo
II: Volumen 3
LA
VIOLENCIA SEXUAL CONTRA LA MUJER
1.
Las mujeres fueron
víctimas de todas las formas de violación de los derechos
humanos cometidas durante el enfrentamiento armado, pero además
sufrieron formas específicas de violencia de género.
En el caso de las mujeres mayas se sumó a la violencia armada,
la violencia de género y la discriminación étnica.
Este apartado se refiere de modo especial a la violencia sexual
contra las mujeres.
2.
La violación
sexual fue una práctica generalizada y sistemática
realizada por agentes del Estado en el marco de la estrategia contrainsurgente,
llegando a constituirse es una verdadera arma de terror,
en grave vulneración de los derechos humanos y del derecho
internacional humanitario. Las víctimas directas fueron principalmente
mujeres y niñas, pero también fueron ultrajados sexualmente
niños y hombres. Las violaciones sexuales causaron sufrimientos
y secuelas profundas tanto en las víctimas directas como
en sus familiares, cónyuges y comunidad entera. Igualmente
tuvieron graves efectos de carácter colectivo para el grupo
étnico de las víctimas.
3.
El hecho de la violación
sexual estuvo acompañado por la vulneración de muchos
derechos. Por lo general, los casos de violaciones sexuales individuales
o selectivas, se dieron en el contexto de la detención de
las víctimas y muchas veces fueron seguidas de su muerte
o desaparición. Los casos de violaciones masivas o indiscriminadas
y públicas, se registraron en áreas de gran concentración
indígena, como una práctica común luego de
la instalación de destacamentos militares y PAC, de modo
previo a masacres o como parte de operaciones de tierra arrasada.
También se dieron acompañadas de la muerte de mujeres
embarazadas y la destrucción de los fetos.
4.
Por su modus operandi, las violaciones sexuales
originaron el éxodo de mujeres y la dispersión de
comunidades enteras, rompieron lazos conyugales y sociales, generaron
aislamiento social y vergenza comunitaria, provocaron abortos y
filicidios, impidieron matrimonios y nacimientos dentro del grupo,
facilitando la destrucción de los grupos indígenas.
Marco Jurídico
5.
El derecho internacional
de los derechos humanos, tanto convencional como consuetudinario,
así como el derecho humanitario, protegen el derecho a la
vida, la integridad física y psicológica, la libertad,
el honor, la dignidad de toda persona, y prohiben cualquier discriminación
o restricción de derechos por razón de sexo. Igualmente
prohiben toda forma de trato cruel, inhumano o degradante, la tortura,
la violación sexual y cualquier hecho basado en el género
que cause muerte, daño físico o psicológico
y sufrimiento sexual.
6.
La normativa internacional
ha venido desarrollado disposiciones específicas para prevenir
y sancionar la violación sexual que de modo especial se vincule
a los conflictos armados, asumiendo que muchas veces las partes
la utilizan como táctica de guerra y terrorismo. En
ese contexto, las violaciones sexuales practicadas por agentes del
Estado, adquieren un carácter masivo y sistemático
y se realizan con total impunidad.
El Derecho Internacional de los Derechos Humanos
7.
La violencia sexual
afecta un conjunto de derechos, los cuales tienen protección
internacional. Los derechos a la vida, la integridad física
y psicológica, la seguridad, la libertad personal, la dignidad
y el honor, forman parte de los principios esenciales de los derechos
humanos o del llamado núcleo duro, que deben ser respetados
por los Estados. Estos derechos son parte del derecho convencional
de los derechos humanos y forman parte del derecho consuetudinario
internacional.
8.
Así, la Declaración
Universal de los Derechos Humanos de 1948 establece en su artículo
3 que: "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y
a la seguridad de su persona", y en el artículo 5 señala
que: "Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos
crueles, inhumanos o degradantes". También sanciona que:
"Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta
Declaración, sin distinción alguna de raza, color,
sexo, idioma, religión,..." (artículo 2,1) y prohibe
toda forma de discriminación (artículo 7). Finalmente,
en el artículo 12 garantiza que "Nadie será objeto
de ... ataques a su honra o reputación".
9.
El Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos de 1966, ratificado por Guatemala
en 1992, garantiza el derecho a la vida en el artículo 6,1
y protege el derecho a la integridad con el texto que sigue: "Nadie
será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos
o degradantes" (artículo 7). Igualmente consagra el derecho
a la libertad y seguridad personales (artículo 9,1) y a la
honra (artículo 17). En el artículo 10 señala
específicamente que "Toda persona privada de libertad será
tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente
al ser humano". En los artículos 2,1 y 26 se garantiza el
derecho a la no discriminación por motivos de raza, sexo,
idioma, etc. El derecho de los derechos de los niños a recibir
medidas de protección por parte del Estado también
está consagrado en el Pacto, en el artículo 41, inciso
1.
10.
El sometimiento sexual
prolongado dentro de una unión conyugal forzosa o bajo condición
servil, también está prohibido por el derecho internacional.
Así, la Convención Suplementaria sobre la Abolición
de la Esclavitud, la trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas
Análogas a la Esclavitud de 1956, ratificada por Guatemala
en 1983, prohibe que se ponga a una persona en condición
servil, incluyendo la entrega en matrimonio de mujeres contra su
voluntad (artículo 1,c,i, y artículo 7). Igualmente
se prohiben los matrimonios forzosos o sin consentimiento en el
artículo 1 de la Convención sobre el consentimiento
para el matrimonio, la edad mínima para contraer matrimonio
y el registro de los matrimonios de 1962, ratificado por Guatemala
en 1983. 11.
La Convención
americana sobre derechos humanos o Pacto de San José de Costa
Rica de 1969, ratificada por Guatemala en 1978, sanciona en su artículo
6, inciso 1 que "Nadie puede ser sometido a esclavitud o servidumbre,
y tanto éstas como la trata de esclavos y la trata de mujeres
están prohibidas en todas sus formas". En el mismo sentido,
la Convención sobre la eliminación de todas las formas
de discriminación contra la mujer adoptada por Naciones Unidas
el 18 de diciembre de 1979, ordena en su artículo 6 que los
Estados supriman todas las formas de trata de mujeres.
12.
En el Sistema Interamericano
de derechos humanos, la Convención Interamericana para prevenir,
sancionar y erradicar la violencia contra la mujer o Convención
de Belem Do Pará del 9 de Junio de 1994,1
define la violencia contra la mujer en su artículo 1, como
"cualquier acción o conducta basada en su género que
cause muerte, daño o sufrimiento físico sexual o psicológico
a la mujer, tanto en el ámbito público como en el
privado". Al referirse a la violencia perpetrada en el ámbito
público, la define en su artículo 2 como "violencia
física sexual y psicológica que sea perpetrada o tolerada
por el Estado y sus agentes donde quiera que ocurra".
13.
La violencia sexual
o toda forma de maltrato contra menores de edad está prohibida
en la normativa internacional. La Convención sobre los derechos
del Niño de 1989, ratificada por Guatemala en 1990, en su
artículo 37, a) sanciona que "Ningún niño sea
sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos
o degradantes...". Y tiene disposiciones específicas para
la protección de niños en conflictos armados, que
se les aplique el derecho internacional humanitario (artículo
38,1), que el Estado adopte todas las medidas necesarias para la
protección y cuidado de niños afectados por un conflicto
armado (artículo 38,4) o para su recuperación si es
víctima del mismo (artículo 39).
Derecho Internacional Humanitario y Derechos
de las Mujeres en situaciones de Conflicto Armado
14.
En las guerras y
los conflictos armados internos la violencia sexual contra la mujer
ha sido ejercida de modo generalizado como arma de guerra.2
Desde la Primera Guerra Mundial,3
los Estados han reconocido reiteradamente la práctica de
la violación sexual durante los conflictos armados calificándola
como crimen de guerra. El derecho internacional humanitario, en
su fin de humanizar los conflictos, ha desarrollado normas para
prohibir expresamente toda forma de maltrato y, de modo particular,
la violación sexual.
15.
El carácter
de masivo de las víctimas civiles durante la Segunda Guerra
Mundial hizo que el Derecho Internacional Humanitario evolucionara
acuñando el concepto de "crímenes contra la humanidad".
El horror ante el holocausto conmovió a la humanidad dando
razón de ser a los juicios de Nuremberg y de Tokyo que establecieron
por primera vez Tribunales Internacionales para juzgar a los responsables
de tales crímenes. En los estatutos del Tribunal Militar
Internacional de Nuremberg4
y de Tokyo se incluye la violación sexual como crimen contra
la humanidad.5
16.
Los Convenios de Ginebra de 1949, ratificados por
Guatemala en 1952, contienen el artículo 3 común aplicable
a los conflictos armados sin carácter internacional, el cual
dispone de modo explícito que las personas que no participan
directamente en las hostilidades y las que hayan quedado fuera de
combate "...serán en toda circunstancia, tratadas con humanidad,
sin distinción alguna desfavorable, basada en la raza, el
color, ...el sexo..." y, por ende, prohibe los atentados a la vida
y la integridad corporal, las mutilaciones, las torturas, los tratos
crueles y los suplicios (literal a), así como los atentados
a la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes y degradantes
(literal c).
17.
El Protocolo II adicional a los Convenios de Ginebra
relativo a la protección de las víctimas de los conflictos
armados sin carácter internacional,6
establece la prohibición "en todo tiempo y lugar" de "Los
atentados contra la dignidad personal, en especial los tratos humillantes
y degradantes, la violación, la prostitución forzada
y cualquier forma de atentado al pudor".
18.
La Declaración
sobre la protección de la mujer y el niño en estados
de emergencia y conflicto armado proclamada por la Asamblea General
de Naciones Unidas el 14 de diciembre de 1974,7
"Recordando las disposiciones pertinentes de los instrumentos de
derecho internacional humanitario sobre la protección de
la mujer y el niño en tiempos de paz y guerra", establece
en su numeral 3 que es obligación de todos los Estados cumplir
"los Convenios de Ginebra de 1949, así como otros instrumentos
de derecho internacional relativos al respeto de los derechos humanos
en los conflictos armados, que ofrecen garantías importantes
para la protección de la mujer y el niño". En su numeral
5 dispone que "se considerarán actos criminales todas las
formas de represión y los tratos crueles e inhumanos de las
mujeres...".
19.
La Declaración
de Viena, contenida en el Informe de la Conferencia de Derechos
Humanos de Viena,8
expresó la "consternación" de la Conferencia "ante
las violaciones masivas de los derechos humanos, especialmente el
genocidio, la "limpieza étnica" y la violación sistemática
de mujeres en situaciones de guerra, lo que da lugar al éxodo
en masa de refugiados y personas desplazadas. Condena firmemente
esas prácticas odiosas y reitera su llamamiento para que
se castigue a los autores de esos crímenes y se ponga fin
inmediatamente a esas prácticas" (párrafo 28). E insiste:
"Las violaciones a los Derechos Humanos de la Mujer en situaciones
de Conflicto Armado constituyen violaciones a los principios fundamentales
de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario...
Las partes en los Conflictos a menudo violan a las mujeres con impunidad,
utilizando a veces la violación sistemática como táctica
de guerra y de terrorismo" (párrafo 38).
20.
En seguimiento a
dicha Conferencia se adoptó la Declaración sobre la
Eliminación de la Violencia contra la Mujer.9
La Declaración define la violencia contra las mujeres como
"todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino
que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento
físico, sexual o psicológico para la mujer, así
como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación
arbitraria de la libertad, tanto si se produce en la vida pública
como en la vida privada" (Artículo 1). La Declaración
hace mención a las formas de violencia de responsabilidad
del Estado: "Se entenderá que la violencia contra la mujer
abarca los siguientes actos, aunque sin limitarse a ellos: La violencia
física, sexual y psicológica perpetrada o tolerada
por el Estado, donde quiera que ocurra" (Artículo 2, literal.
c).
21.
En la Cuarta Conferencia
Mundial sobre la Mujer se estableció la llamada Plataforma
de Acción de Beijing,10
la cual reitera que "las violaciones de los derechos humanos de
la mujer en situaciones de conflicto armado son violaciones de los
principios fundamentales de los derechos humanos y del derecho internacional
humanitario ... incluyendo la violación sistemática
de mujeres en situaciones de guerra", condena dichos crímenes,
señalando que "...las mujeres y las niñas se ven particularmente
afectadas a causa de su condición en la sociedad y su sexo.
Las partes en conflictos a menudo violan a las mujeres con impunidad
utilizando a veces la violación sistemática como táctica
de guerra y terrorismo" y propone: "Aplicar y reforzar las normas
enunciadas en los Instrumentos Humanitarios y los Instrumentos Internacionales
de Derechos Humanos para evitar todos los actos de violencia contra
las mujeres en situaciones de conflicto armado y en conflictos de
otra índole; realizar investigaciones completas de todos
los actos de violencia cometidos contra las mujeres durante las
guerras, incluidas las violaciones, en particular las violaciones
sistemáticas, la prostitución forzada y otras formas
de agresiones deshonestas, y la esclavitud sexual; enjuiciar a todos
los criminales responsables de los crímenes de guerra contra
las mujeres y proporcionar compensación plena a las mujeres
víctimas".
22.
La Asamblea General
de Naciones Unidas reafirma que la violación en determinadas
circunstancias constituye un crimen contra la humanidad y un acto
de genocidio, instando a los Estados al enjuiciamiento de los responsables.11
De su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
de la OEA considera que "la utilización de las violaciones
sexuales como arma de terror constituyen un crimen contra la humanidad
bajo el derecho internacional consuetudinario".12
23.
La experiencia del
establecimiento del "Tribunal Internacional para el enjuiciamiento
de los presuntos responsables de violaciones graves del derecho
internacional humanitario, cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia
a partir de 1991" sienta un valioso precedente al tipificar los
crímenes cometidos contra las mujeres durante un conflicto
armado interno o internacional como crímenes de lesa humanidad.13
Los crímenes de lesa humanidad se definen como "actos inhumanos
de carácter gravísimo, tales como el asesinato, la
tortura o la violación, cometidos como parte de un ataque
generalizado o sistemático contra la población civil
por razones naciones, políticas, étnicas, raciales
o religiosas". El tribunal proscribió las "violaciones y
otras formas de agresión sexual generalizadas y sistemáticas,
incluida la prostitución forzada".14
24.
El Tribunal Internacional
de Bosnia también ha considerado como crimen contra la humanidad
casos de violación sexual.15
25.
En síntesis, la violación sexual
está proscrita por el derecho humanitario como crimen de
guerra y de lesa humanidad.
La violencia de género
26.
En este apartado
se aborda específicamente la violencia sexual contra mujeres
por constituir una violación de los derechos humanos. Sin
embargo, debe contextuarse dicha violencia en el marco de otras
formas de violación de derechos que sufrieron también
las mujeres, las condiciones de vida que tuvieron que enfrentar
junto a sus hijos, el dolor y la experiencia del conjunto de la
violencia a la que sobrevivieron.
27.
Según los
testimonios recibidos por la CEH el porcentaje de mujeres víctimas
equivale a un tercio del de hombres: (25% frente a un 75% del total
de víctimas de violaciones de derechos con sexo conocido.
Estos porcentajes se presentan relativamente constantes en ejecuciones
arbitrarias (23% de mujeres frente a un 77% de hombres) y torturas
(23% frente a un 77%). En el caso de privación de libertad
(21% frente a un 79%) y otras violaciones (22% frente a un 78%)
el porcentaje de hombres víctimas sube y el de las mujeres
baja. En la desaparición forzada, el porcentaje de hombres
sube aún más (12% frente a un 88%). Como se puede
apreciar en la gráfica la violencia de género se refleja
de modo específico en la violencia sexual, en la que el porcentaje
de víctimas mujeres alcanza el 99% de los casos registrados.
El caso de muertes por desplazamiento, las mujeres víctimas
superan la mitad del total de víctimas (51% frente a un 49%).
28.
Aunque un 48% de los testimonios recibidos por
la CEH pertenecen a mujeres que fueron víctimas directas
de la represión, la mayoría enfoca sus testimonios,
no como víctimas de violaciones de sus derechos, sino como
testigos de lo que les pasó a otros, porque vivir en función
de otras personas forma parte de su realidad.
29.
Es significativo
tener presente que, históricamente, la violación sexual
se ha considerado un "mal menor inevitable" dentro de las guerras,
hasta el extremo de equiparar esta grave violación con el
saqueo de bienes, presentando ambos hechos exclusivamente bajo la
interpretación de "botín de guerra". Por otra parte,
las violaciones sexuales contra mujeres adquieren un carácter
colectivo y son causa de humillación para los pueblos, por
lo que tienden a ocultarse. Ha sido sobre todo a través de
la lucha de los movimientos de mujeres que la violencia específica
de género ha ido visualizándose y perfilándose
como una violación de los derechos humanos de las mujeres.
El dolor en silencio
30.
Documentar la violencia
sexual que sufrieron las mujeres entraña dificultades de
diversa índole, pues algunas de éstas muestran en
sí mismas el impacto que este tipo de agresión tuvo
en ellas, en sus familias y en sus comunidades. De igual modo, para
entender esta violencia específica durante el enfrentamiento
armado interno en Guatemala es necesario tener presente la adscripción
étnica, ya que en un gran número fueron mujeres mayas
quienes sufrieron esta violencia.
31.
Una de las principales
dificultades que hubo de afrontar la CEH fue el silencio que guardan
las mujeres respecto a la violación de la que fueron víctimas.
Este silencio, que en la mayoría de los casos se ha prolongado
durante años también ha alcanzado a los familiares
más cercanos de las víctimas:
"Nunca antes había
contado que los soldados violaron a las mujeres, mucho menos que
a mí también me abusaron (...) yo me voy a morir con
eso (...) nadie puede saber (...) mis hijos no saben, el señor
no sabe, (...) nadie sabe".16
"No es fácil
para una mujer atreverse a decir que la violaron, más difícil
es para una mujer indígena".17
32.
De acuerdo a los
testimonios recibidos, pocas mujeres indígenas víctimas
de violación sexual habían socializado su dolor con
otras mujeres víctimas de la misma violencia, lo cual contribuyó
a aumentar el aislamiento y el sentimiento de culpabilidad. Incluso,
no se reconocía la agresión sufrida como tal. Ello
se muestra en el uso de eufemismos cosificantes para referirse a
la violación sexual. Las víctimas o testigos usan
las palabras "pasar" o "usar" en vez de violar (los soldados pasaron
con ellas, las usaron). Muy pocas identifican el hecho como "violación",
es decir como agresión; lo cual, por otra parte, muestra
la desvalorización de la condición de la mujer.
33.
El sufrimiento de
las mujeres víctimas de violación sexual, en la mayoría
de los casos no es conocido ni siquiera por sus familiares -hijos,
cónyuge, o padres- y en los casos en que es un hecho del
que tiene conocimiento la comunidad a la cual pertenecen, es silenciados
o negado, factor que pone de manifiesto el sentimiento de extrema
vergenza presente en las víctimas sobrevivientes y en las
comunidades. Además, el tiempo pasado desde que se produjeron
los hechos, ocurridos sobre todo durante los ochenta, incide en
que las víctimas que salvaron la vida no relaten las agresiones
sexuales que sufrieron. Es conveniente recordar que se trata de
hechos sucedidos, en la mayoría de los casos, hace más
de quince años.
34.
El hecho de que hayan
sido agentes del Estado los autores de las violaciones -principalmente
soldados del Ejército como se verá más adelante-,
determina que las mujeres indígenas muestren desconfianza
hacia las instituciones identificadas con el Estado, ajeno a su
cultura y a su comunidad, elemento que contribuye a que las víctimas
no denuncien los hechos. De otro lado, la absoluta impunidad que
cubre a los responsables de las violaciones sexuales aumenta la
sensación de inseguridad de las mujeres, más aún
cuando quienes cometieron estos hechos, como ex miembros de PAC
o ex comisionados militares, continúan en muchos casos viviendo
en la misma comunidad.
35.
El estigma que marca
a las mujeres mayas víctimas de violación sexual provoca
el horror al rechazo familiar o comunitario. Algunas de las sobrevivientes
de agresiones sexuales se desplazaron incluso a otra comunidad precisamente
para no vivir la vergenza de estar marcadas como "mujer violada".
Estas mujeres han tenido que sobrevivir al miedo de "ser descubiertas",
y al pánico de que otros las culpabilicen.
36.
El máximo
interés de las mujeres al relatar la violencia sexual que
sufrieron lo expresan al explicar porqué cuentan su historia:
"para que no les pase a otras", y para que se castigue a los responsables.
Sin embargo, la falta de perspectivas de reparación, contribuye
a que se mantenga el silencio.
37.
Cabe destacar que
en la mayoría de los testimonios recibidos por la CEH, las
violaciones sexuales contra mujeres se mencionan como aspectos secundarios
o "agregados" en los relatos de otras violaciones. Muchos de los
declarantes de los casos de violación sexual son familiares
directos de las víctimas o pertenecen a sus comunidades.
"Además,
los soldados tomaron a cuatro mujeres y las violaron, alrededor
de unos veinticinco soldados por mujer. A ellas no las mataron pero
quedaron muy enfermas".18
38.
No obstante las dificultades
para la presentación de testimonios sobre las violaciones
de derechos contra las mujeres, la CEH registra 9,411 mujeres víctimas
con identificación de sexo. De estos casos, el 33% de violaciones
de derechos se refiere a ejecuciones arbitrarias, ya sea individuales
o en masacres, el 19% corresponde a torturas, el 18% a privación
de libertad, el 14% a violación sexual, el 6% a desaparición
forzada, el 04% a muertes por desplazamiento y otro 6% a otras violaciones.
(Véase Gráfica 2).
Gráfica
2
Datos de los casos de violación sexual
registrados por la CEH
39.
Las cifras de violación
sexual, por lo anteriormente señalado, muestran un subregistro
en términos absolutos y también con relación
a otras violaciones de derechos humanos. La CEH obtuvo un registro
de 1,465 hechos de violación sexual. A continuación
se presentan datos generales sobre las víctimas, la periodización
y las regiones donde tuvieron lugar las violaciones sexuales, contra
mujeres y niñas; datos que irán adquiriendo significado
a través del análisis.
40.
La violación
sexual fue una práctica que coexistió con otras violaciones
de derechos humanos. De acuerdo a los testimonios recibidos, la
violencia sexual estuvo vinculada de modo sistemático con
la privación de libertad de mujeres y con las masacres. Según
los registros cuantitativos, en un 25% de casos de violación
sexual la víctima sufrió ejecución arbitraria.
En aproximadamente un tercio de casos de violación sexual
aparece también la privación de libertad. De los testimonios
se infiere que muchas mujeres que fueron detenidas y que estaban
en condición de desaparecidas también sufrieron violación
sexual.
"Los soldados decían:
-carne nueva nos vamos a echar-. Todas las mujeres son violadas
día tras día. Lo cierto es que toda mujer capturada,
de cualquier edad, era violada. A cualquier hora. Los soldados hacían
fila para abusar de ellas. Después las ejecutaban y los responsables
se reían de la forma en que fallecían".19
41.
En cuanto a la pertenencia
étnica, el 88.7% de las víctimas de violación
sexual identificadas que registra la CEH (con información
de grupo étnico) son mayas, el 10.3% son ladinas y el 1%
pertenece a otros grupos. Los grupos étnicos más afectados
son: k'iche', q'anjob'al, mam, q'eqchi', ixil, chuj y kaqchikel.
(Véase Gráfica 3).
Gráfica
3
Nota: Porcentaje calculado en base al total de
mujeres víctimas individuales identificadas con pertenencia
étnica.
42.
En relación
a la edad de las víctimas identificadas (con información
de edad y sexo) registradas por la CEH, dos tercios (el 62 %) fueron
mujeres adultas (entre 18 y 60 años), un tercio (el 35%)
fueron niñas (entre 0 y 17 años) y el 3% ancianas.
El porcentaje de menores de edad es bastante significativo y muestra
cómo esta forma de violencia marcó la vida o trajo
la muerte a muchas niñas. De los testimonios se desprende
que muchas mujeres que sufrieron violación sexual y ejecución
arbitraria estaban embarazadas. (Véase gráfica 4).
Gráfica
4
Nota: 49% de los datos no tienen certeza de edad,
la gráfica incluye solo 51% de los datos.
43.
La mayoría
de violaciones sexuales se concentra durante los años 1980-1983.
Se inician hacia en el segundo semestre de 1980 alcanzando el pico
más alto durante el primer semestre de 1982, descendiendo
significativamente, pero manteniéndose como práctica
durante los años 1983-1984. Ello coincide con la política
de tierra arrasada, y por lo tanto, corresponden a los departamentos
de Quiché (55% de las violaciones registradas), Huehuetenango
(25%), Alta Verapaz (7 %), Chimaltenango (3%) y Baja Verapaz (3%).
(Véase gráfica 5).
44.
De acuerdo a los
datos recibidos por la CEH, los autores materiales de la violencia
sexual fueron: miembros el Ejército, responsables de participar
en el 89% del total de las violaciones sexuales registradas, miembros
de las PAC, en el 15.5% de las violaciones reportadas, comisionados
militares, en el 11.9%, otras fuerzas de seguridad en el 5.7%.20
Gráfica
5
Marco conceptual de la violencia contra las
mujeres
45.
Todo acto de fuerza
que atente contra la vida, la integridad física o mental
o la libertad constituye violencia. Cuando esos actos son dirigidos
contra las mujeres porque son mujeres o porque las afectan mayoritariamente,
se trata de "violencia de género"; de esta naturaleza son
las agresiones sexuales que se cometen en las guerras. En el marco
de la violencia específica de género, las violaciones
sexuales se definen como actos de poder ejercidos en forma violenta
contra personas consideradas inferiores por su género.
46.
La violencia de género
está inmersa en el contexto socioeconómico y político
de las relaciones de poder. Esta violencia se fundamenta en todas
las estructuras sociales donde predomina el poder masculino, incluido
el Estado cuando ejerce un control jerárquico y patriarcal.
Si bien esta violencia es estructural, la coyuntura de los enfrentamientos
armados la profundiza en cuanto que estas circunstancias vuelven
todavía más vulnerables a las mujeres. La vulnerabilidad
no es intrínseca a la identidad de las mujeres, pero por
tradición la sociedad les ha atribuido la debilidad y la
fragilidad como "valores" propios; en realidad son las condiciones
de vida las que exponen a las mujeres a las agresiones. La opresión,
la explotación, la discriminación, la falta de equidad
se convierten en la raíz de la vulnerabilidad de las mujeres.
Además, las guerras exaltan los valores sobreentendidos en
un paradigma masculino que lleva implícita la superioridad
del hombre respecto a la mujer y la violencia como demostración
de poder del "macho".
"Dentro de toda
la carrera militar hay una mentalidad impositiva, triunfalista,
es como enseñarles que son los únicos, que no hay
leyes, mucho menos dignidad y respeto. Como resultado del servicio
militar los hombres se vuelven machistas, irrespetuosos, eso traía
como consecuencia el violar todas las normas culturales de la familia
y de la comunidad; siempre le dicen: "Aquí vas a ser hombre".
Se ve la diferencia entre un joven en el servicio militar y cuando
no ha ido al cuartel, en la actitud, en la conducción del
trabajo".21
"Algunas mujeres
se salvaban de morir por su belleza. Si una patoja está bonita
y un soldado la viola, luego le da pena matarla y si el oficial
no mira la deja marchar, si el oficial está mirando igual
hay que matarla".22
47.
Durante el enfrentamiento
armado interno de Guatemala las mujeres masivamente afectadas por
abusos de índole sexual pertenecían al pueblo maya;
pues la consideración de inferioridad se configura también
en razón de la pertenencia étnica y posición
social. Finalmente, la condición de población civil
frente a militares establece un tercer motivo de percepción
de la inferioridad. Retomando la noción de los "valores"
exaltados por el poder militar, se identifican también aquellos
que violentan la identidad étnica; los más evidentes
son el conocimiento y uso de la lengua castellana, la conversión
forzada a la religión evangélica, el uso de la vestimenta
ladina. Las mujeres mayas quedan excluidas de estos supuestos "valores"
pues por el contrario, ellas tienen un papel primordial en el mantenimiento
y la transmisión de la cultura de su pueblo indígena.
En consecuencia, no participan de la cultura del poder, y se las
desvaloriza y agrede.23
"Cuando vuelven
del cuartel, incluso cuando piden su comida, cuando hablan con
su familia ya sólo en castilla hablan, ya no quieren hablar
k'iche' o mam porque les da verguenza, porque vienen ladinizados,
ya no quieren aceptar su cultura. Si ella usa ropa típica,
entonces hasta les da verguenza acompañar a sus esposas.
Ellos sienten que son más presentables [superiores]".24
48.
Además, las
violaciones sexuales contra mujeres fueron una práctica incluida
en el entrenamiento militar. Los testimonios identifican como prostitutas
a las mujeres que utilizaban para habituar al soldado a esta práctica:
"El Ejército
le llevaba putas a sus soldados y primero pasaba el subteniente
y después todos los soldados durante una semana, algunos
pasaban hasta diez veces. Cada tres meses las cambiaban".25
"Frente al destacamento
sacaron a una familia de su casa y ahí pusieron algunas
mujeres y pasaban con ellas, la llamaban "la pensión".26
"Nos hacían
bingo, nos cobraban un quetzal por un cartón de bingo y
eso siempre lo hacían cada vez que la compañía
iba a salir destacada (...) antes del bingo hacían show
unas ocho putas que ellos contrataban de las barras (...) un soldado
que se ganaba (...) una puta (...) era el premio".27
49.
Con base en la forma
masiva y sistemática, con la que el Ejército perpetró
las violaciones sexuales de las mujeres, la CEH llegó a la
convicción de que no se trató de actos aislados y
excesos esporádicos sino sobre todo de una planificación
estratégica. La desvalorización de la cual fueron
objeto las mujeres resultó absoluta y permitió que
elementos del Ejército pudieran agredirlas con total impunidad
porque se trataba de mujeres indígenas de la población
civil.
Violaciones sexuales perpetradas o permitidas
por el Estado
50.
La violencia sexual afectó por igual a las
mujeres que fueron objeto de tortura en dependencias militares o
policiales cualquiera que fuera su origen étnico.
"Mientras uno
tenía relaciones con ella, algunos otros se masturbaban,
otros la sobaban, le ponían las manos en los pechos, le
daban golpes en la cara, otros le ponían cigarros en el
pecho; perdió varias veces el conocimiento y cada vez que
lograba tener sentido, veía a otro hombre encima de ella,
por lo menos unos 20 judiciales la violaron; estaba en un charco
de orines, de semen, de sangre, fue realmente una cosa muy humillante,
una mezcla de odio, de frustración y de impotencia absoluta".28
"Una de las
noches de cautiverio, llegaron varios de sus captores y le dijeron
que esa noche iba a ser especial. La sacaron del lugar donde permanecía
y fue violada por cuatro hombres. Cuando estos se fueron, se quedó
el "comandante", se la llevó a otro cuarto y después
de golpearla la obligó a tener sexo oral".29
51.
A fin de precisar
los significados de este tipo de violencia, distinguimos las diferentes
situaciones en que las mujeres fueron víctimas de agresiones
sexuales, distinguiendo los contextos de represión masiva
y represión selectiva. El marco de represión selectiva
tuvo lugar cuando las mujeres fueron previamente identificadas,
mientras que la represión masiva afectó a mujeres
no identificadas individualmente.
Las violaciones sexuales masivas contra mujeres
mayas
52.
Las violaciones sexuales masivas contra las mujeres
mayas se sucedieron de diferentes formas durante el enfrentamiento
armado interno,30
permitiendo establecer los siguientes patrones de violencia sexual
masiva:
- Las mujeres indígenas
fueron víctimas de violencia sexual en sus comunidades
o en áreas de desplazamiento y refugio en el curso de masacres
perpetradas por elementos del Ejército, como práctica
habitual, durante los años 1981 y 1982. En este último
año es notoria la participación de miembros de las
PAC en este tipo de hechos.
- En otros casos las mujeres indígenas
refugiadas en las montañas fueron víctimas de violaciones
sexuales consumadas por elementos del Ejército y miembros
de las PAC en el momento de su captura.
- En otras oportunidades
las mujeres indígenas fueron víctimas de violencia
sexual realizada por elementos del Ejército y miembros
de las PAC durante detenciones colectivas en edificios públicos
y religiosos ocupados por los militares. Estos hechos se repitieron,
en la mayoría de los casos, a partir del segundo semestre
de 1982.
- Las mujeres indígenas fueron también
víctimas de violencia sexual ejecutada por elementos del
Ejército en comunidades donde se instalaron los destacamentos
militares.
- La CEH también conoció casos donde
las mujeres indígenas fueron víctimas de violencia
sexual cuando elementos del Ejército realizaron cateos
o allanamientos de sus casas.
- Los comisionados militares y los jefes de las
PAC también cometieron violaciones sexuales en sus comunidades
contra mujeres indígenas mayas.
- Finalmente existieron así mismo casos
de mujeres indígenas víctimas de múltiples
violaciones sexuales bajo unión forzada.
53.
La CEH ha podido
establecer, de acuerdo con el análisis de los testimonios,
que durante los años de 1981 y 1982, miembros del Ejército
realizaron masacres contra comunidades indígenas, ejerciendo
violencia sexual contra las mujeres. Casi en la totalidad de los
casos referidos a las masacres cometidas por elementos del Ejército,
los declarantes manifestaron que los militares: "violaron a las
mujeres".
54.
Entre los elementos que describen cómo se
llevaron a cabo las violaciones sexuales contra mujeres en el contexto
de las masacres se identifica como más relevantes: la planificación,
el dejar evidencias de la violencia sexual ejercida, y la extrema
crueldad y ensañamiento, incluso con los cadáveres.
55.
Testimonios suministrados por miembros del Ejército
fortalecen la convicción de que la violación sexual
constituyó una práctica habitual e incluso sistemática,
en la medida en que en algunas ocasiones fue ordenada por los mandos
superiores en forma previa al ingreso de las comunidades, con instrucciones
precisas acerca de la forma de perpetrarlas:
"El oficial
tiene sus grupitos de asesinos y les dice cómo tienen que
matar. Hoy van a degollar o a guindar con alambres, hoy violan
a todas las mujeres. Muchas veces las órdenes las dan antes
(...) Violaban a las mujeres, las ponían a cuatro patas,
luego les disparaban metiendo el arma en el recto o en la vagina
(...) También mandaban hacer "percha" con las mujeres (...),
por una sola pasan 20 o 30 soldados. Si caía bien la mujer,
la dejaban ir, a otras las mataba el último que pasaba
con ella (...)".31
"La tropa no
estaba pensando en excesos, ellos más bien pensaban en
violar y en robar (...) más se importaban en el saqueo
y las violaciones".32
56.
Lo anterior es de especial relevancia ya que señala
con claridad cómo las violaciones se equiparon al saqueo
y se adoptaron como una práctica "normal", no considerándose
como "exceso".
57.
Los testimonios de los sobrevivientes coinciden
en imputar la responsabilidad de estos hechos a los respectivos
mandos:
"La violaron
20 soldados, no todos quisieron hacerlo y eran insultados por
los jefes".33
58.
La separación
por sexo de las víctimas, antes de la ejecución de
las masacres, es un indicador de la premeditación con que
se procedía, en tanto que muestra cómo, con anterioridad
a los hechos, el destino de las víctimas estaba prefijado,
escogiendo el tipo de abuso a cometer en razón al género.
Tanto hombres como mujeres eran ejecutados extrajudicialmente; sin
embargo, las mujeres fueron previamente víctimas de violencia
sexual. Este modus operandi rigió en muchas de las
masacres.
59.
En la masacre de Cuarto Pueblo, en Ixcán,
Quiché, realizada por elementos del Ejército el 14
de marzo de 1982 las víctimas fueron principalmente de los
grupos popti', chuj, mam y q'anjob'al, pertenecientes al pueblo
maya, y ladinos.
"Separaron a
mujeres y a hombres. A doce de las mujeres las dividieron de dos
en dos. Cada par tenía que quedarse con cinco soldados
en cada una de las seis garitas en las entradas del centro de
Cuarto Pueblo. Fueron obligadas a cocinar y traer agua para la
tropa. Los soldados las estuvieron violando durante 15 días.
El 15 de marzo terminaron de matar a las ancianas y a las mujeres
embarazadas. Se quedaron solamente las jóvenes. "Quince
días vamos a estar aquí, estos quince días
vamos a usarlas. Y si ustedes tienen paciencia, no se van a cansar",
decía el oficial. Había turnos para que cada mujer
fuera violada por cinco soldados".34
60.
Otro ejemplo es la masacre de ixiles en Chel, Chajul,
Quiché, cometida por miembros del Ejército, el 3 de
abril de 1982:
"Enseguida los
soldados empezaron a separar a la población por sexo, encerraron
a los hombres en el juzgado auxiliar y a las mujeres en la escuela.
Entre las mujeres, seleccionaron a catorce adolescentes, las trasladaron
a la iglesia donde las violaron entre varios soldados durante
más de una hora".35
61.
El 13 de marzo de 1982, miembros del Ejército
y miembros de las PAC de una comunidad vecina, realizaron una masacre
de mujeres, niños y niñas achís en Río
Negro, Rabinal, Baja Verapaz.
"Reunieron a
las mujeres. Les pusieron marimba y las obligaron a bailar (...)
las acusaron de bailar en las noches con los guerrilleros. A las
mujeres jóvenes las llevaron aparte y las violaron. Luego,
las obligaron a caminar (...) montaña arriba (...); a las
mujeres les pegaban mucho, les decían que eran vacas, las
trataban como si fueran vacas de cambiar de potrero (...), la
mayoría de mujeres estaban desnudas, violadas, había
mujeres que les faltaba pocos días para dar a luz y esos
niños nacieron a puros golpes".36
62.
Este modo de operar, discriminando por sexo, no
fue sólo instrumentado por el Ejército en las masacres
contra las comunidades, sino también en las masacres contra
familias.
"Llegaron a
la casa, separaron mujeres de hombres. Las siete mujeres allí
presentes fueron violadas y baleadas (...) A los hombres los mataron
por el camino".37
63.
Otro hecho significativo
fue el dejar evidencias de la violencia sexual contra las mujeres,
aun después de haber sido masacradas. Esto ilustra la importancia
que se concedía a que esta forma de violencia se conociese
para generar con eficacia el terror. El más usual fue la
desnudez y la introducción de objetos en la vagina de las
mujeres o estacas que clavaban en sus vientres.
"El soldado
(...) contaba que cuando estaban las señoras muertas les
subía la falda y les metía un palo en la vagina
(...), a una anciana la ahorcaron con un lazo en el cuello. Estaba
desnuda con un banano en la vagina (...)38
Abrieron la panza de una mujer embarazada y sacaron el nene y
al nene le pusieron un palo por atrás hasta que salió
de su boca".39
64.
En los planes de campaña, el Ejército
reconoció la comisión de violaciones sexuales clasificándolas
como "errores":
"Buena cantidad
de errores cometidos por las tropas tales como vandalismos, violaciones,
robos y destrucción de cosechas (...)".40
65.
En su trabajo de
campo la CEH pudo comprobar que otra característica de la
violencia sexual utilizada en las masacres fue la crueldad con que
se llevaron a cabo, reflejando en muchos casos que se perseguía
despoblar áreas y sembrar el terror. En el municipio de San
Martín Jilotepeque, en un primer momento sólo escapaban
los hombres ya que a ellos era a quienes principalmente detenía
o asesinaba el Ejército. Sin embargo, ya en los primeros
meses de 1982, los soldados empezaron a violar y asesinar a las
mujeres, y a matar niños y ancianos; fue entonces cuando
comenzó el éxodo de comunidades enteras.
66.
Similares rasgos muestra la masacre perpetrada
en contra de miembros del grupo mam en Sacuchum de San Pedro Sacatepéquez,
San Marcos, que elementos del Ejército llevaron a cabo entre
el 3 y 4 de enero de 1982:
"Había
diez verdugos (...), eran de Oriente. Hacían turnos para
matar a la gente. Mientras cinco mataban, los otros cinco se venían
a descansar. Como parte de su descanso tenían turnos para
violar a dos señoritas (jóvenes de 15 y 17 años).
Al darles muerte les dejaron sembrada una estaca en los genitales".41
67.
Lo anterior también se observó en
una masacre contra miembros del grupo k'iche' en San Antonio Sinaché,
Zacualpa, Quiché, realizada por elementos del Ejército
y miembros de las PAC el 16 de marzo de 1982 :
"Yo vi con mis
propios ojos que las mujeres y las señoritas fueron violadas
porque estaba escondida detrás de una casa (...) Los soldados
iban violando a las mujeres que encontraban casa por casa (...);
después de esto, todas las mujeres huían por temor
que nos fueran a matar".42
68.
Tanto en el contexto
de las masacres como en otras circunstancias extremas, algunas mujeres
entregaron su cuerpo para intentar salvarse ellas o a sus hijos.
Aquí el cuerpo de la mujer se convierte nuevamente en una
mercancía, lo único que poseían para "negociar"
era su vida.
"Algunas mujeres
se ofrecían para que no las mataran, pero sólo se
salvan algunas bonitas".43
69.
Durante la masacre de Paquix, Sacapulas, Quiché,
ejecutada por elementos del Ejército en febrero de 1982,
cinco mujeres miembros del grupo indígena maya k'iche' lograron
sobrevivir tras ser víctimas de violación colectiva
y múltiple:
"Iban sólo
mujeres y niños en ese grupito, las agarraron unos soldados
en un bordo, las desnudaron y las violaron (...); lo hicieron
delante de los niños, los niños llegaron contando
eso, los mayores en medio de tanta pena decían que ya no
anduvieran contando eso, que ya no lo digan más, pero ellos
decían que vieron lo que hicieron a las mujeres (...) Las
dejaron vivas, las dejaron que se fueran con los niños".44
70.
En mayo de 1982 soldados del Ejército violaron
a una mujer mam de 20 años en el municipio de San Ildefonso
Ixtahuacán, departamento de Huehuetenango:
"Le dijeron
a ella: -Quítate la ropa, pero apúrate; y ella empezó
a llorar. Después de violarla, no la mataron, la dejaron
libre".45
71.
Quienes participaron en las acciones de represión
contra las comunidades indígenas dan cuenta de cómo
la violación sexual contra mujeres y niñas era una
práctica usual, y muestran la responsabilidad de la cadena
de mando por la planificación, dirección y ejecución
de dichas agresiones:
"Llegamos como
a las seis de la mañana (...), había un poco de
gente, pero todos se escaparon cuando no más vieron que
iba entrando la columna de soldados, empezaron a sonar una campanita
(...) y la gente que no le dio tiempo salir (...), nosotros agarramos
dos (...) llegamos a una casita (...) encontramos a dos mujeres
allí dentro, una como de 25 años, y una patojita
como de unos diez o doce años (...), encontramos unos papeles
de subversivos (...), el capitán ordenó que dos
soldados agarraran a la patoja esa y él la violó,
así, él se arrodilló, con calma se quitó
su equipo, se bajó su pantalón, la agarran bien
muchá, les dijo, él violó a la pequeña
y después la dejó para que la siguieran violando
los demás y la otra pues la violaron los demás (...),
después (...) las mataron".46
72.
La desvalorización y degradación
de la mujer indígena en el lenguaje castrense utilizado durante
la época del enfrentamiento armado llegó a tales niveles
que la mujer era conceptualizada como "carne":
"Encontramos
a una señora: usted es guerrillera, le dijo el subteniente
(...), llamé a un soldado de primera (...), le dije: hágase
cargo de la señora, le dije, y es un regalo del subteniente,
enterado mi cabo (...), llamó a los muchachos y dijo: hay
carne muchá, entonces vinieron, agarraron a la muchacha,
le quitaron al patojito y la violaron entre todos, en violación
masiva, luego matan a la señora y al niño".47
73.
Las operaciones de
tierra arrasada forzaron al desplazamiento permanente, numerosas
comunidades indígenas huyeron hacia las montañas,
siendo perseguidas, cercadas militarmente y sometidas a constantes
ataques por parte del Ejército y miembros de las PAC. Las
huidas fueron continuas, así como la destrucción de
los alimentos y bienes de supervivencia. En cada una de las acometidas,
los militares capturaban a personas, en su mayoría ancianos,
mujeres y niños que eran los grupos que más dificultades
tenían para la fuga. Los hombres y jóvenes eran interceptados
con más frecuencia cuando arriesgaban sus vidas en busca
de alimentos.48
74.
La mayor responsabilidad
de las mujeres durante las huidas, fue cargar a sus hijos e hijas,
al igual que los pocos utensilios de cocina de los que disponían,
lo que las hacía más vulnerables a resultar violadas,
heridas, muertas o capturadas. Las mujeres embarazadas o que acababan
de parir estuvieron mucho más expuestas a ser víctimas:
"Estaba embarazada,
la violan, luego le cortan con cuchillo degollándola y
finalmente le abren el vientre, ya tiene ocho meses de embarazo,
y le arrancan el niño".49
"Había
vigilancia pero sobre todo los ancianos y mujeres que cargaban
giros50
no lograron salir. Ella estaba dando de mamar a su bebé
de tres meses, la violaron, cortaron sus pechos, al bebé
también lo mataron".51
75.
La violencia sexual y las ejecuciones, en el contexto
de la huida, también tuvieron lugar en muchas comunidades
que se desplazaban ante las advertencias sobre la posible llegada
del Ejército:
"La vigilancia
dio aviso de que llegaba el Ejército. El marido salió
corriendo, ella se queda con dos chiquitos, es alcanzada por una
bala que hace impacto en una de sus piernas y cae, los soldados
la sujetan, la levantan y la desnudan completamente. Entre todos
hacen una rueda y uno por uno la violan, después de que
todos "pasan por ella", uno de los soldados saca su cuchillo y
la degolla".52
"Tenemos que
ir a las montañas porque el Ejército estaba por
llegar a la comunidad. Dormimos la primera noche bajo un árbol,
al día siguiente seguimos caminando. Tenemos hambre y vemos
una casa y paramos a descansar. Los soldados rodearon la casa,
sólo estamos mi mamá y mis hermanos menores que
yo. Me agarraron a mí, tenía nueve años,
y a mi madre, nos violaron entre todos los soldados. Después
nos encerraron en la casa, colocaron basura en la puerta, rociaron
gasolina en el techo y prendieron fuego. Logramos salir y nos
fuimos a las montañas seis días sin beber agua ni
comer nada. Regresamos a la comunidad, nos habían robado
todo".53
76.
Las violaciones sexuales
revistieron modalidades crueles en extremo. El objetivo de los militares
era el castigo ejemplar, sembrar el terror. El Ejército identificó
a la guerrilla con la población maya refugiada en las montañas
y en nombre de la guerra contrainsurgente cometió graves
violaciones. Muestra de ello fue encontrar los cadáveres
de las mujeres desnudos, mutilados y con hemorragias vaginales.
"Fue violada
a saber por cuántos soldados, le puyaron su lengua, le
sacaron sus oídos y sus ojos, le quitaron los pechos y
los dejaron encima de una piedra, le sacaron la planta de los
pies (...) Llevaba puyones por todo el cuerpo, la dejaron colgada
de un palo, desnudo lo que quedaba de su cuerpo".54
"La encontramos
desnuda, sangrando, y con un palo largo metido en la vagina".55
77.
En los lugares de
desplazamiento el Ejército realizó una brutal cacería
por ríos y barrancos, reiterando la violencia sexual contra
las mujeres. Como muestra de ello tenemos los siguientes testimonios
recibidos por la CEH:
Masacre de miembros del grupo k'iche' en San Antonio
Sinaché, Zacualpa, Quiché, el 18 de mayo de 1982,
ejecutada por elementos del Ejército y miembros de las PAC:
"Cuando encontraron
un lugarcito en el río se escondieron las mujeres y los
niños y ahí llegaron los militares y los balearon,
hay veces que hicieron un palo con punta y lo metieron en el culo
de las mujeres, lo metieron en la panza (...), ella estaba embarazada,
iba con sus tres niños (...), los soldados la alcanzaron,
la agarraron, la sentaron y la violaron enfrente de sus tres niños,
después de violarla le dispararon (...), después
mataron a los niños con cuchillo".56
78.
En la masacre ejecutada contra integrantes del
grupo kaqchikel, en el río Pixcayá, Estancia de la
Virgen, San Martín Jilotepeque, departamento de Chimaltenango,
el 18 de marzo de 1982, elementos del Ejército cometieron
violaciones como las que se describen a continuación:
"Muchas mujeres
fueron violadas (...), el Ejército agarró a unas madres
embarazadas, las degolló, les partieron el estómago
y sacaron el bebé (...), a las mujeres las violaron y les
ensartaron estacas".57
79.
De los testimonios
recibidos por la CEH durante los años 1981 y 1982, se desprende
que las mujeres ejecutadas arbitrariamente eran violadas sexualmente
con antelación. Estas violaciones fueron cometidas, en su
mayoría, por elementos del Ejército.
80.
La CEH recibió testimonios que aseguran
que desde finales de 1982 y comienzos de 1983, las mujeres fueron
objeto de agresiones sexuales en el momento de ser capturadas o
trasladadas a los destacamentos militares, por soldados o por miembros
de las PAC.
"La violaron los
patrulleros en la montaña -delante de sus hijos- (...) se
burlaban de ella (...) sos mujer de guerrillero (...)".58
"Unos patrulleros
la apartaron y fueron pasando con ella (...) oímos cómo
chilla, cómo llora".59
81.
La violencia sexual contra mujeres dentro de los
destacamentos militares, edificios públicos y religiosos
ocupados por el Ejército durante los años ochenta,
constituyó una práctica sistemática que alcanzó
un carácter masivo y tuvo las siguientes características:
- La mayoría de las capturadas fueron indígenas
que se encontraban en lugares de desplazamiento.
- También fueron víctimas de esta
práctica las mujeres y niñas que pertenecían
a familias que se acogieron a las amnistías.
- Otras víctimas fueron las mujeres y niñas
indígenas, detenidas durante los rastreos realizados por
miembros del Ejército o de las PAC en las comunidades cuando
los hombres no estaban presentes.
- Las víctimas permanecieron concentradas
en los destacamentos durante de días y hasta meses.
82.
Los casos de capturas
en áreas de refugio, entregas posteriores a las amnistías,
y las privaciones de libertad, se produjeron sobre todo en las cabeceras
municipales del departamento de Quiché, desde finales de
1982 hasta 1990, aumentando de manera importante en el año
de 1983. Aunque el departamento de Quiché fue el más
afectado, la CEH también recibió testimonios que permiten
afirmar la existencia de este fenómeno en otras áreas
del país.
83.
Las condiciones que debieron soportar las familias
desplazadas en los centros de detención facilitaron la ocurrencia
de hechos violatorios de los derechos humanos, especialmente agresiones
y ultrajes físicos contra las mujeres:
84.
En el salón
municipal de San Miguel Uspantán, Quiché, en diciembre
de 1982: "(...) 2,500 refugiados en un espacio como de 200 o
300 metros, la gente ahí hacía su necesidad, ahí
comía, ahí dormía, no había agua para
lavar, a tres cuadras se sentía el olor (...), eran unas
condiciones infrahumanas".60
"Nos trataron
como animales. Nos daban de comer solamente tres tortillas por tiempo.
Llevaban garrotes largos y nos daban a todos parejo como a puros
chuchos, también entraban a patearnos para interrogar. En
las noches entraban soldados a violar a las señoritas, a
las más jóvenes (...). A las que no querían
las pateaban duro".61
85.
Las violaciones sexuales
contra mujeres y niñas capturadas en lugares de desplazamiento
o cuyas familias se acogieron a las amnistías, fueron perpetradas
por soldados; se cometían ante familiares directos y miembros
de la misma comunidad o con el conocimiento de éstos. Esta
violencia fue organizada y perseguía aniquilar la voluntad
del conjunto de personas capturadas mediante la explotación
de los sentimientos de culpabilidad, debilidad, impotencia y derrotismo
que provocan este tipo de situaciones. También se buscaba
la captación ideológica o "reeducación" de
amnistiados a través del miedo, y la aceptación de
la supuesta culpabilidad. Con estas conductas se facilitaba la destrucción
del grupo étnico.
"Una mujer fue
violada sistemáticamente por los soldados, a veces en presencia
de su marido. El hombre "no aguantó el dolor y la cólera
por lo que le estaban haciendo a su mujer y él viendo y sin
poder hacer nada".62
86.
La CEH conoció también casos semejantes
con los destacamentos de Lancetillo y San Miguel Uspantán
y en centros de recepción de amnistiados.
"Insultaban, llamaban
guerrilleros, pateaban y daban con palos como si fuéramos
ganados (...) parejo a mujeres y niños también (...)
en la noche las sacaron -a dos mujeres k'iche'- puros soldados que
las usaron (...), las escuchamos gritar y a los soldados reírse
a la par mismo de la escuela donde había hombres (...), el
dolor era muy grande porque allá estaban los hombres sabiendo
que estaban ultrajando a las mujeres y nada se pudo hacer (...),
a saber cuántos pasaron con ellas".63
"Un grupo se vino
a entregar. Separaron hombres de mujeres y en la noche pasaron con
las mujeres (...), eran militares de Salamá (...) No sabemos
si se entregaron o los capturaron en las Guacamayas, la verdad es
que los trajeron aquí, en Macalajau, esto sí lo sabemos,
las violaron en la noche, luego las llevaron a Uspantán".64
"En las noches
entraban para violar, más a las que sólo tienen uno
o dos hijos, a las jóvenes. Pero una noche pusieron marimba
y violaron a todas. Yo tengo mucha pena porque ya tengo muchos hijos,
ya mataron a algunos, yo soy casi anciana, ya tengo como 40 años
cuando me violaron (...) Yo cargo mi nena, jalan mi nena, me sacan
a la capilla con otra señora y uno pasa conmigo (...) sólo
pasó uno conmigo porque ya estoy vieja y quieren más
a las jóvenes (...), yo no puedo olvidar eso, los soldados
nos van a matar si nosotras no queremos y yo tengo que defender
la vida de mi hija que está chiquita, pero yo no quiero y
el soldado me abusa".65
"Por las noches,
los soldados sacaban a las jovencitas y se las llevaban a sus cuartos,
así estuvieron usándolas por meses".66
"Las amenazaban
con cuchillo, las desnudaron -saber si las violaron, nunca dijeron-,
las acusaban de guerrilleras y decían que entregaran las
armas, no les daban comida, no las dejaban dormir, a cada rato las
sacaban en la noche para interrogar, a cada rato las pateaban, siempre
desnudas".67
87.
Hechos análogos sucedieron también
en destacamentos y zonas militares donde se concentraba a los indígenas
que se "entregaban" al Ejército con las amnistías
o que eran capturados en lugares de desplazamiento, como lo demuestra
el siguiente testimonio que relata las violaciones sexuales cometidas
contra mujeres miembros del grupo Ixil en el destacamento de Sumal
Grande, Nebaj, departamento de Quiché, en diciembre de 1982:
"Estaban en las montañas
y se entregaron, a otros los capturaron. Las mujeres de la población
en el destacamento debían preparar la comida para los soldados.
A una de las mujeres le tocó el turno en la cocina: "Un
patrullero y dos soldados me llamaron, me acerqué a ellos.
Me vendaron los ojos, me metieron un trapo en la boca para que no
pudiera hacer ruido y entre los tres me violaron (...) Me fui a
la champa y conté a mi esposo lo que me había pasado.
Se enojó porque fue idea mía que nos entregáramos
al Ejército. Violaron a más mujeres de la misma
manera".68
88.
En el salón municipal de San Bartolomé
Jocotenango, departamento de Quiché, en febrero de 1982:
"Alrededor de
50 mujeres con sus hijas e hijos fueron detenidas en sus comunidades
-Sinchaj, Xetemabaj, Paquix, La Hacienda, entre otras- por patrulleros
y concentradas en el salón municipal porque decían
que los hombres estaban en la montaña (...), también
viudas aunque sus maridos ya los habían matado ellos igual
decían que estaban en la montaña (...) las jalaban
todo y cargando a sus nenes". 69
"Estas mujeres
estuvieron concentradas durante meses, sufriendo todo tipo de violencia
sexual junto con sus hijas. Los patrulleros cometían las
violaciones en el mismo salón, las violaciones fueron colectivas
y múltiples. Los soldados llevaban a las jóvenes a
los cuartos que ellos ocupaban y allá las violaban. Muchas
niñas fueron violadas por patrulleros y militares, de ocho
o diez años para arriba ya las abusaba".70
[Los patrulleros]
"se aprovechaban más de las que no tenían hijos,
les gustaban las niñas (...) unos le abrían las piernas
y otros iban pasando con ellas (...) las violaban (...) Entraban
al salón los soldados y decían a los patrulleros que
ya estaban aburridos (...), los patrulleros les daban buenas comidas
y escogían a las muchachitas que más les parecían
y las ponían una en cada cuarto para que los soldados fueran
pasando con ellas".71
89.
Las detenciones de
indígenas pertenecientes a las comunidades de las cabeceras
municipales en los días de mercado durante la década
de los ochenta, constituyeron una práctica sistemática.
Esta situación se vio reflejada el 2 de julio de 1982, cuando
cerca de treinta mujeres de las comunidades de Chiché, departamento
de Quiché dispusieron ir a la plaza.72
Fueron detenidas por patrulleros de Chiché y Chinique, quienes
las tuvieron presas durante una noche en la cárcel municipal
y custodiadas por agentes de la policía; luego las trasladaron
al salón municipal donde permanecieron durante tres días
más. En la primera noche tres de ellas fueron violadas por
dos agentes de la Policía Nacional:
"Los policías
la sacaron la primera noche, la volvieron a traer como a las cinco
de la mañana. Ella ya está muy golpeada, sangra y
no quiere hablar, sólo llora (...), saber cuántos
pasaron por ella".73
90.
Luego, estando en el salón, al menos ocho
mujeres fueron violadas por patrulleros; una de ellas estaba embarazada
de ocho meses:
"Cada noche sacan
a cinco o seis mujeres. Cuando entran los hombres, nosotros nos
tapamos la cara con el rebozo, temblando estamos con el miedo. Ellos
nos quitan la sábana y con el foco van a mirar si somos jóvenes.
Todo el tiempo tiemblo del miedo para que no me saquen, no me sacaron
porque ya estoy algo vieja (...) Traen trago y obligan a tomar".74
91.
Durante el cautiverio, fueron sometidas a interrogatorios
en lengua castellana que no entendían, por ser maya-hablantes.
"En las mañanas
nos despertaban a patadas, no entendemos qué nos preguntan
porque nosotras no podemos hablar castilla, sólo sabemos
que preguntan dónde está la guerrilla y nosotras no
sabemos".75
"A cada rato entran
con pistola, con cuchillo y dicen que tenemos que sufrir porque
somos mala gente, de la guerrilla. Llegan a cada rato, nos golpean,
caemos en el piso, dicen que me levante y vuelven a golpear (...)
Se ríen mucho, nos preguntan si estamos contentas o tristes".76
92.
Estos hechos también tuvieron lugar en otros
departamentos como Izabal, donde en la zona militar de Puerto Barrios
en el año de 1985, se cometió la siguiente violación:
"Más de
treinta personas se encontraban presas y fueron torturadas. Unos
padres tuvieron que aceptar que el oficial se quedara con una hija
suya para que no cumpliera la amenaza de matarles a los tres. Oían
cuando el oficial tenía relaciones con ella" .77
93.
La CEH conoció
casos en que las fincas fueron utilizadas como lugares de concentración
de comunidades indígenas que luego de haber sufrido masacres
en sus lugares de origen, sus sobrevivientes fueron llevadas y mantenidas
por determinado tiempo en estos lugares. Muestra de este hecho lo
tenemos en el siguiente relato que narra lo sucedido en las fincas
La Gloria y la Taña en Uspantán, departamento de Quiché,
donde además se presentaron hechos de violencia sexual contra
las mujeres:
"Violaban a muchas,
los patrulleros y también los soldados cuando pasaban. Pasaban
con ellas cuando querían y cómo van a decir que no,
las matan y ya. Algunas se las quedaron sólo para uno, con
otras pasaban muchos".78
94.
Los hechos de violencia sexual impuestos a mujeres
indígenas durante la época del enfrentamiento armado
interno de Guatemala, llegaron a ser de conocimiento público
en las comunidades y gozaron de la permisividad de los mandos de
la institución castrense.
95.
Durante su trabajo
de campo la CEH recibió testimonios que muestran el rol pasivo
que debió asumir la mujer durante la época del enfrentamiento
armado interno, para evitar agresiones directas contra su integridad
física, por lo que permanecían en sus casas. Muchas
llegaron incluso a ser convencidas por los patrulleros y miembros
del Ejército de su culpabilidad en las violaciones cuando
eran ellas quienes salían de sus hogares. En muchas oportunidades
esta actitud institucional fue asumida también por sus respectivos
esposos o compañeros al aceptar éstos abusos como
normales y culpar a sus mujeres por exponerse. Desafortunadamente
esta situación fue reiterativa durante del enfrentamiento
armado y negó a las mujeres la oportunidad de entender las
diferentes formas de violencia sexual como una contraversión
de sus derechos humanos.
96.
Las violaciones sexuales
se cometieron en general con el conocimiento de la comunidad, "se
sabía que violaban a las mujeres", lo cual pone de manifiesto
el dominio con el que se ejecutaban. Así la violación
sexual contra mujeres se convirtió en una arma de guerra
que pretendía subyugar y debilitar a las comunidades. Las
PAC fueron parte también de esta estrategia. Violaron mujeres
a pesar de ser de su misma comunidad, tanto por orden de los militares
como por el poder impune que el Ejército les otorgó.
Esta situación se mantuvo hasta poco antes de la firma de
los Acuerdos de Paz.
97.
La forma de ejercer
violencia sexual contra las mujeres por parte del Ejército
en los destacamentos, durante la época del enfrentamiento
armado, fue variada. Sin embargo, es posible encontrar patrones
de actuación que aparecen en forma reiterada, como los siguientes
:
- Organización
de "fiestas" en los destacamentos donde las mujeres de la comunidad
eran obligadas a participar o mejor expresado, a las que se obligaba
a los hombres a asistir llevando a sus mujeres, pues se consideraba
que éstas no tenían ningún derecho a decidir.
- Violencia sexual contra
mujeres sometidas a trabajo forzado en condición de servidumbre
de los militares (cocinar, limpiar, lavar).
- Violencia sexual contra
mujeres en sus casas, previa orden militar a los hombres de la
comunidad para que "rastrearan".
98.
La permisividad y conocimiento de las violaciones
sexuales quedó evidenciada con lo sucedido a un grupo de
mujeres de la etnia q'eqchí en La Parroquia Lancetillo, Uspantán,
Quiché, entre 1982 y 1983:
99.
Desde que se instaló
el destacamento en 1982 y durante 1983, los militares organizaban
fiestas con marimba cada dos o tres meses dentro del convento por
ellos ocupado "Obligaban a los hombres a ir con sus mujeres (...)
si uno no quería lo castigaban ese día. Sacaban a
las mujeres que querían y se las llevaban al monte para violarlas".79
De modo que las violaciones se cometían con el conocimiento
de los maridos y de toda la comunidad. Este caso identifica a cuatro
mujeres q'eqchí que lograron sobrevivir a esta violencia;
dos de ellas estaban casadas en el momento de los hechos y sus maridos
las repudiaron, lo cual pone de manifiesto el rechazo, el estigma
y la culpa que sufren las mujeres víctimas de violencia sexual:
"Se separaron porque los soldados violan a las mujeres y luego
los hombres ya no las quieren".80
Culpar a las mujeres era más fácil que culpar a los
militares, abandonarlas fue un gesto de desprecio y ejercicio de
superioridad de los hombres, para no admitir su propia vergenza.
100.
De igual forma se realizaron violaciones sexuales
contra mujeres pertenecientes a la etnia k'iche' en Macalajau, Uspantán,
departamento de Quiché, durante 1983 y 1985:
"Organizaron a
los hombres de comisión para pasar con las mujeres. Las mujeres
no dicen nada porque tienen miedo, pero sabemos que pasaron (...),
los soldados las usan cuando mandan a los hombres de comisión,
entran a las casas de las mujeres que no están sus hombres
y las violan (...) A mi esposa no la violaron porque yo la defendí.
Un día llegué a mi casa y un soldado estaba dentro
y mi esposa parada, moliendo en la piedra, muy asustada, y el soldado
la miraba, yo la defendí y eché al soldado de mi casa".
(...) Los soldados tenían sus cocineras, sus sirvientas.
Usaron también a las sirvientas. Una se la llevó a
Zacapa un soldado (...) Eran jóvenes todas".81
101.
Como consecuencia
de las violaciones sexuales se presentaron embarazos no deseados
que llegaron a marcar a los hijos fruto de estas uniones: "Al
muchacho le decimos el Sargento".82
102.
Las manifestaciones
de violencia contra la mujer fueron reiterativas aunque no plantearan
hechos de violación sexual. Dentro de estas manifestaciones
tenemos los bailes y trabajos forzados de las mujeres de la comunidad
en los destacamentos. Como conoció la CEH al recibir el testimonio
de miembros de la comunidad de Tucuná en el municipio de
Aguacatán, departamento de Huehuetenango:
"Los oficiales
del destacamento también causaron temor y sufrimiento a las
mujeres obligándolas a atender cualquier fiesta que hicieron
en el destacamento. Fueron obligadas a bailar, si el padre o esposo
no quería que fuera, recibía amenazas del Ejército.
También las obligaron a trabajar en el destacamento, cocinar
y limpiar".83
"Se conmemoraba
un año de las PAC pero llegaban ahí los altos militares,
el jefe de las patrullas y obligaban a las comunidades a que llegaran
a la fiesta (...), siempre utilizaron a la mujer, buscaban a una
de las patojas para que ella sea la madrina de los patrulleros (...),
las obligaban a bailar con todos los soldados, con todos los patrulleros,
todas las patojas, y eso sí fue un gran dolor para los ancianos,
para los papás, para las mismas muchachas que tenían
novio pero eran obligadas a bailar con los soldados uniformados,
con sus armas".84
103.
La violencia ejercida contra la mujer durante el
enfrentamiento armado llegó a extremos que las afectadas
consideraron como de esclavitud, por lo que se evidencia en el siguiente
párrafo de una entrevista comunitaria realizada por la CEH:
"Durante diez
años después de las desapariciones forzadas, las viudas
(...) fueron esclavas (...) de los comisionados militares y del
Comité de Desarrollo quienes trabajaban con el Ejército.
Las viudas tenían que trabajar en los cultivos y organizar
actividades como fiestas por órdenes del destacamento de
Playa Grande".85
104.
La presencia de contingentes militares durante
la época del enfrentamiento armado se convirtió en
una constante amenaza para las mujeres indígenas mayas, quienes
fueron víctimas de actos violentos cometidos por miembros
del Ejército dentro de un marco de absoluta impunidad:
"Llegaron dos
soldados a la venta de la niña y le dijeron que los acompañara,
se la llevaron para la casa donde vivía. Encerraron a sus
padres en una de las habitaciones y a la niña -nueve años-
se la llevaron a la habitación contigua, allí la violaron
(...) La niña quedó tirada en la habitación
a punto de morir y con abundante hemorragia".86
105.
Los cateos y allanamientos realizados por miembros
del Ejército o patrulleros y comisionados militares, durante
el enfrentamiento armado en distintas comunidades, fueron aprovechados
para cometer violencia en contra las mujeres, al margen de buscar
información sobre la guerrilla, localizar armas o abastecerse
de alimentos empleando la fuerza.
106.
En las casas encontraban
principalmente a las mujeres, a sus hijos e hijas. Al no estar en
la casa los hombres, eran acusados sistemáticamente de colaborar
o pertenecer a la guerrilla y los militares se ensañaban
con sus familiares. Este modelo no puede considerarse selectivo
porque se dio masiva e independientemente de que los hombres estuvieran
o no en las "listas negras" elaboradas por el servicio de Inteligencia
del Ejército. La intención era lograr el sometimiento
absoluto mediante la generación del terror. Incluso hubo
casos en que las viudas (porque elementos del Ejército habían
matado a sus maridos) fueron igualmente acusadas por supuestos hechos
de sus maridos ya muertos. "¨Dónde está tu marido?,
¨dónde están las armas?, ¨dónde están
los buzones?, torteando estás para los guerrilleros" , fueron
las interrogantes absurdas a que tuvieron que enfrentarse las mujeres.
Muy a menudo las mujeres mayas no entendían los interrogatorios
que se hacían en un idioma que no era el suyo. Esta situación
se mantuvo durante toda la década de los ochenta:
"Diez soldados
llegaron a su casa, cinco se quedaron dentro y cinco fuera. Dos
de ellos jalaron del brazo a la mujer, embarazada de dos meses,
la arrodillaron, "vos les das de comer" -dijeron. Pusieron en su
cuello una soga para sacarle información sobre quien colaboraban
con la guerrilla, tratándole de asfixiar, la tendieron en
el suelo quitándole la ropa, dos soldados abusaron sexualmente
de ella (...) perdió a su criatura".87
"Los soldados
vinieron a la casa y preguntaron por la guerrillla. Pidieron comida
a la madre. Después de comer lo que ofreció la señora,
se llevaron a su hija y la violaron".88
"Luego de desnudarlas,
los soldados formaron una rueda, colocándolas en medio del
círculo. Después, se dividieron en dos grupos, cada
grupo "tomó" a una de ellas y uno por uno, los soldados las
fueron violando. Después, les amarraron las manos con las
fajas que les servían para sujetarse el corte y las colgaron
en un árbol, las interrogaron sobre quiénes eran los
guerrilleros en esa comunidad. Al no responder nada, les dispararon,
a una de ellas en la boca desfigurándole el rostro, a la
segunda en el cuello".89
"Sus maridos se
habían ido a trabajar (...) Llegaron los soldados a la casa
preguntando por él (...) la obligan a que diga que su esposo
es guerrillero (...), ella lo niega (... ), la llevan a la fuerza
hacia unos matorrales y abusan de ella. Después, los soldados
regresan a la casa y se comen el almuerzo que ella había
preparado. A la joven (15 años) le preguntaron por su padre,
les informa que se fue a la Costa (...), se la llevan entre los
montes y abusan sexualmente de ella".90
107.
El hecho de que las mujeres se quedaran en sus
casas, en lugar de ser una garantía para evitar las violaciones
sexuales como ellas creían, resultó todo lo contrario,
como se evidencia en el siguiente testimonio que relata lo sucedido
en la comunidad de Villa Hortencia en San Juan Cotzal durante 1981:
"Advertidos de
la llegada del Ejército por la vigilancia, los hombres se
fueron de la comunidad para esconderse en el monte; las mujeres
se quedaron porque la población pensó que a quienes
venían a buscar era a los hombres, que a ellos los querían
matar. Los soldados se distribuyeron las casas, entraron en todas,
exigieron alimentación y violaron a las mujeres, a todas
las jóvenes que estaban en la comunidad (...); las mujeres
se quedaban en casa protegiendo la vida de los niños mientras
los hombres iban a refugiarse, fueron ellas las que en muchas ocasiones
tuvieron que enfrentarse a la llegada del Ejército y resistir
sus agresiones".91
108.
Las instrucciones
impartidas por el Ejército a los comisionados militares y
a los miembros de las patrullas de autodefensa civil, fueron más
allá del plano militar, pues convirtió a éstos
en agresores de las mujeres de sus propias comunidades. Nuevamente
la justificación utilizada para cometer estas arbitrariedades
fue la de culpar a las mujeres como "mujer de guerrillero".
"Era un violador,
amenazaba de muerte a las viudas y entonces ellas tenían
que aceptar. Llegaba a sus casas y decía: - Ustedes torteando
están para los guerrilleros porque por eso es que no tienen
esposos; y allá mismo las violaba, en sus casas".92
"Tenía
la costumbre de violar a las mujeres (...), le dijo a una de las
víctimas que tenía que acostarse con él porque
su esposo era de la guerrilla. El comandante iba con otros diez
patrulleros".93
109.
También en los casos que representan sucesos
esporádicos y no prácticas generalizadas, la CEH ha
podido concluir que las autoridades del Estado manifestaron permisividad
y tolerancia, en un marco de impunidad.
"El jefe de la
patrulla mandaba a decir a las viudas que lleven pollo, carne, chirmol,
tortillas y el licor, de él depende lo que desea, llegan
las señoras y sus hijas, todas se sientan en el suelo y escuchan
toda la supuesta charla que daban los patrulleros, después
les decían: -Ustedes son viudas porque sus esposos fueron
guerrilleros; ellas tenían que decir que sí porque
si no las amenazaban y luego se reían ellos. Después,
comían los patrulleros delante de las señoras y empezaban
a escoger cuál querían de entre las señoras
o las patojas y las violaban ahí".94
110.
En muchas ocasiones
las víctimas fueron viudas y huérfanas, ya que esta
situación las hacía más vulnerables a todo
tipo de abusos. Sin embargo, comisionados militares violaron también
a mujeres casadas mientras sus maridos integrados en las PAC estaban
de servicio:
"Mi marido estaba
de turno en las PAC, [el soldado] me agarró, yo estaba
dormida (...), tenía un hijo de tres meses, empecé
a gritar del miedo, él me puso la pistola en el pecho, me
metió la mano en mi parte (vagina) y me dijo: - Te vas a
dejar a las buenas porque si no te va a ir peor; me dijo que ya
habían violado a muchas mujeres junto con los soldados. Él
me violó, y mi otro hijo de cinco años lo vio todo
(...) Yo no le conté nada a nadie, ni a mi marido, porque
me podía pegar y tuve miedo (...) Hasta ahora lo estoy contando
(...) Esa noche violaron a muchas mujeres y los maridos no se enteraron
porque estaban rondando".95
"La viuda tenía
un hijo de ocho o diez años y el comandante -de las PAC-
le dijo que si no se acostaba con él, iba a ir a la Zona
Militar para decir que ella era viuda de un guerrillero e iba a
sacar a su hijo pequeño a patrullar. Bajo tal amenaza, se
acostó con él".96
111.
En los pocos casos en que las mujeres víctimas
de estas violaciones por agentes del Estado se atrevían a
denunciar los hechos, los funcionarios del Estado las culpabilizaban
o no las atendían:
"Había
un estado de terror; ni el juez ni el alcalde ni la policía
eran de confianza porque era la misma gente que trabajaba ahí
quienes coaccionaban a las mujeres diciéndoles que es por
su culpa lo que le pasó (...), los tribunales no tenían
independencia (...), en ese tiempo igualmente los médicos
tenían prohibido atender todos estos casos, ni de heridos
ni de mujeres violadas".97
112.
Sin embargo, del análisis de otros casos
se desprende que las violaciones sexuales se cometieron dentro de
un contexto de dominación de un grupo sobre otro, en el que
a través de la humillación y el sometimiento de la
comunidad indígena se persiguió el fin último
de aniquilar cualquier voluntad de transformar esa relación
de dominio o de emprender cualquier tipo de resistencia.
"Los agresores
se presentaron en su casa a las pocas semanas de que tuviera una
criatura consecuencia de las violaciones sexuales que sufrió:
- Esa mierda es un hijo de puta -dijeron refiriéndose al
recién nacido. Lo asesinaron con cuchillo delante de su madre,
enterraron el cadáver cerca de la casa y continuaron violando
a la muchacha". 113.
En algunos
casos conocidos por la CEH, patrulleros o comisionados militares
obligaron a mujeres a convivir con ellos, contra su voluntad, sometiéndolas
a una condición servil, por un cierto período o por
el resto de sus vidas. La unión forzada se convirtió
en muchos casos para las mujeres indígenas mayas en una forma
de supervivencia ante las condiciones del enfrentamiento armado.
Estas uniones se realizaron mediante la coerción o el miedo
y generalmente tras una violación sexual cometida por elementos
del Ejército o patrulleros. En estos casos, el sometimiento
de la mujer fue total, configurando una forma de servidumbre en
la que los patrulleros o militares tenían disposición
plena del cuerpo de la mujer, de su fuerza laboral, su libertad
de movimiento, de su palabra, en fin, de su vida entera.
"Muchas de las
viudas estuvieron en esas concentraciones, hubieron casos en que
las obligaron a que se juntaran con los patrulleros o si no, también,
las obligaban a que sus hijas se quedaran con un hijo del patrullero".98
"A muchas mujeres
que capturaba el Ejército las llevaban al destacamento de
Lancetillo y después a La Gloria. Las violaban y entregaban
a las jóvenes a los hombres viudos, hubo muchos matrimonios
forzados".99
"La violaron los
patrulleros (...) la llevaron a La Gloria, allá uno se quedó
con ella hasta que engordó, porque se quedó embarazada,
y entonces la dejó y se quedó con otra".100
114.
La unión forzada
se convirtió en muchos casos para las mujeres indígenas
mayas en una forma de supervivencia ante las condiciones del enfrentamiento
armado. Sin embargo, estas uniones casi siempre se realizaron mediante
la coerción y generalmente tras una violación sexual
cometida por elementos del Ejército o patrulleros:
"Los soldados
me dijeron que tenía que juntarme con un señor que
me pretendía. El señor estaba en las patrullas, también
viudo y tiene dos hijos que ya están grandes y no tiene quien
le cuide (...) Yo me pongo a pensar porque no tengo dónde
ir, no tengo casa, no tengo nada y los soldados dicen que voy a
juntarme con el señor, yo no puedo hacer otra cosa y por
eso me junté con el señor (...) Me acuerdo mucho de
mi esposo porque tenemos las mismas ideas, luchamos juntos por la
vida con nuestros hijos y me pongo triste cuando me acuerdo porque
a él ya lo mataron (...) No puedo decir lo que pienso porque
el señor se va a enojar, así que me callo, no puedo
hacer lo que quiero. Tampoco puedo decir a mi hija, ella es buena
pero ya creció con las ideas de los ejércitos, ella
dice que el señor es su verdadero papá, que al otro
no le conoció, que a saber qué ando inventando, que
son ideas malas (...), no puedo hablar con nadie, el señor
no me deja ir a
las reuniones
(...) Como muda me mantengo, las palabras que digo no son las que
quiero decir".101
115.
La participación de agentes del Estado como
autores de las violaciones de DDHH contra las mujeres ya enunciados,
permite a la CEH deducir como finalidades prioritarias de los mismos:
la ejecución de actos masivos y reiterados donde la violación
sexual se empleó como un arma de guerra de la que fueron
víctimas casi en su totalidad mujeres, miembros de grupos
mayas; deduce igualmente la intencionalidad de mermar la capacidad
de resistencia de las comunidades indígenas con la intención,
en muchos casos, de destruirles en el plano físico, psicológico
y cultural, por ser percibidos como "enemigos" de acuerdo a la aplicación
de la Doctrina de Seguridad Nacional.
116.
Todas las culturas
atribuyen valor a la mujer sobre la base de su función biológica
reproductora102
y de crianza. Las mujeres transmiten, por medio de vínculos
íntimos y cotidianos, la cultura familiar y comunitaria:
el idioma, la cosmovisión, las normas de vida y de relación
entre los miembros de la comunidad; en definitiva, los contenidos
de la identidad personal y social. En la cultura maya, además,
esta función tiene un alto valor simbólico dada la
equivalencia entre la mujer con la madre tierra, representación
de la vida y de la posibilidad de establecer vínculos entre
pasado y futuro.
117.
Este sentido, la
violencia sexual contra mujeres y niñas forma parte sustancial
de la memoria histórica de las comunidades indígenas.
El castigo como finalidad de las violaciones sexuales se hace evidente
por la extrema crueldad con que se llevaron a cabo, llegando hasta
el punto de matar a las víctimas en violaciones colectivas
y múltiples, mutilando sus órganos sexuales, dejando
evidencias de la violación, como la desnudez.
118.
La sexual es una
de las formas de violencia que produce secuelas más graves
y complejas afectando de por vida a las sobrevivientes y destruyendo
la identidad de la víctima, al igual que su capacidad de
relación y afectando notoriamente su capacidad reproductora.103
119.
Al ser percibidas
como una propiedad más, las mujeres fueron "cosificadas"
y del mismo modo que se toleró el saqueo de bienes, se toleró
la violación. Este hecho es lo que comúnmente se ha
denominado como "botín de guerra".
Las violaciones sexuales en contextos de
represión selectiva
120.
Las violaciones sexuales con carácter selectivo
se cometieron contra mujeres que desarrollaban tareas de liderazgo
o participaban en organizaciones sociales o políticas o de
derechos humanos; que integraban cualquiera de las facciones guerrilleras,
o tan sólo porque eventualmente podrían llegar a colaborar
con la guerrilla.
121.
La violencia sexual
dirigida contra mujeres previamente identificadas también
fue una práctica de carácter reiterado. Las mujeres
que sufrieron esta violencia fueron discriminadas principalmente
por colaborar o pertenecer a la guerrilla; ellas mismas o sus familiares
fueron acusados de apoyar a la subversión. La mayoría
de las mujeres que fueron víctimas de esta violencia también
lo fueron de ejecuciones arbitrarias o desapariciones forzadas.
"El 15 de septiembre de 1982 regresábamos
con mi padre del mercado de Rabinal (...) Nos detuvieron los soldados
cerca del destacamento y nos encerraron por separado (...), me quitaron
la ropa a tirones, todos se subieron, el capitán primero,
ocho soldados más (...), los demás me tocaban, me
trataban muy mal y entre ellos decían al que estaba encima
que se apurara, a mí me decía que me moviera y me
pegaban para que me moviera".
"De
pronto vi que entraban con mi papá, estaba muy golpeado,
lo sostenían entre dos. Yo estaba desnuda sobre una mesa,
y el capitán le dijo a mi padre que si él no hablaba
lo iba a pasar mal. Entonces hizo que los hombres que tenía
ahí comenzaran a violarme otra vez. Mi padre miraba y lloraba,
los hombres le decían cosas, él no hablaba, yo estaba
cansada, ya no gritaba, creo que también me desmayé,
pensé que me iba a morir, no entendía nada. Yo no
creo que mi papá era guerrillero, no sé qué
querían. De pronto el capitán pidió un machete
y le cortó el miembro a mi papá y me lo metió
a mí entre las piernas. Mi padre se desangraba, sufrió
mucho, después se lo llevaron. A mí me dieron ropa,
otra ropa, de quizás qué mujer y me dijeron que me
fuera".
"Le conté a mi marido lo que pasó,
él me contestó que el Ejército tenía
el poder, que no se podía reclamar, que si yo no hubiese
ido al mercado, nada me habría pasado".
"Un mes después
mataron a mi marido, pero yo en lo más profundo sentía
alivio. Después de todo lo que me pasó ya no quería
un hombre a mi lado, pero ellos no tenían que morir así.
Es todo".104
122.
La violencia sexual
fue un componente específico, utilizado por los militares
en las torturas contra las mujeres detenidas en los destacamentos
del Ejército. Estas violaciones sexuales fueron, en muchas
ocasiones, reiteradas y cometidas por varios hombres. Además
se utilizaron otras formas de tortura: descargas eléctricas,
ingestiones forzadas, asfixias, golpes, simulacros de ejecución,
tortura infligidas a otros en su presencia, privación de
alimentos y sueño. Estos hechos fueron confirmados a la CEH
por declaraciones de miembros del Ejército, que reconocieron
cómo esta violación se realizaba de manera rutinaria:
"Las violaciones
dentro de los destacamentos siempre se hacían (...), a veces
por gusto, otras porque daban las órdenes. Decían:
"Hay que quebrarles el culo a estas putas, o cosas más gruesas".105
"Vos, me dijo
(otro soldado), ¨no querés ir a echar un tu polvo? (...);
teníamos allí una carpa para prisioneros pero habían
dos mujeres nada más (...), decían ellos que eran
guerrilleras y las estaban violando masivamente, había una
cola como de 35 esperando turno y yo no quise pasar porque realmente
como a unos dos metros a la redonda se sentía un olor fuerte,
una hedentina así desagradable (...), estaban rodeándolas
y violándolas, y se levantaba uno y pasaba el otro (...),
y total es que yo calculo que estas pobres mujeres las violaron
unos 300 soldados".106
"Capturaron a
cuatro mujeres sospechosas de ayudar a la guerrilla. Antes de asesinarlas,
las cuatro mujeres, dos jovencitas y dos mayores, todas indígenas,
habían sido llevadas al campamento. A una de ellas la sacaron
y dieron la orden de violarla, eran como 160 hombres. Al final a
todas las violaron. Yo no participé porque logré engañar
a los oficiales y esconderme en la milpa. Durante la violación,
el oficial gritaba a las detenidas: Ustedes son de la guerrilla,
ustedes buscaban al Ejército, pues aquí está
el Ejército, si ya probaron a los canches ahora van a probar
a los pintos. A todos los obligaban los oficiales bajo amenaza de
matarlos si no cumplían las órdenes".107
123.
La violencia sexual fue utilizada durante el enfrentamiento
armado en Guatemala como otra forma más para eliminar cualquier
forma de oposición política o militar al régimen
establecido:
"Era líder
de su comunidad y trabajaba con las mujeres a través de Acción
Católica (...), era muy buena gente, alegre, amable y activa
(...) Los soldados la llevaron a una casa. Fue salvajemente torturada,
la desnudaron, la violaron, luego la crucificaron, la clavaron parada,
le metieron clavos en sus manos y en su pecho, la quemaron viva.
Alrededor tiraron papeles donde sacaban a los guerrilleros como
mala gente o como payasos. Vecinos enterraron los pocos restos que
hallaron, pedazos se quemaron, los perros habían comido sus
piernas. Ese mismo día también violaron y crucificaron
a otra mujer".108
"Fueron violadas
sexualmente en varias ocasiones por todos los miembros de la G2
que se encontraban presentes en el lugar, fueron sacadas en los
vehículos de la G2 a las doce de la noche y no volvieron
a aparecer".109
124.
Las mujeres fueron
utilizadas para castigar a los hombres que las Fuerzas de Seguridad
habían calificado de enemigos, extendiendo de esta forma
el castigo no solamente a los activistas, sino también, a
sus compañeras. Por este motivo las mujeres de las familias
donde hubo hombres acusados de colaborar con la guerrilla fueron
víctimas de la violencia sexual; fueron indistintamente sus
madres, esposas, compañeras, hijas, hermanas o simplemente
vecinas.
"Delante suyo
violaron a su madre, a su hermana y a su mujer que había
dado a luz un día antes. A él se lo llevaron y lo
tiraron a un botadero de cadáveres creyéndolo muerto,
logró salir con vida".110
125.
En numerosos casos
el marido estuvo presente. En otros las mujeres fueron forzadas
delante de ellos. Esta violencia persiguió neutralizar a
las mujeres que en ocasiones opusieron resistencia intentando defender
a sus familiares, para que no volvieran a "reclamar".
"Cuando detuvieron
a su esposo, los soldados la obligaron a que les cocinara. Ella,
con tal de que dejaran en libertad a su esposo, accedió.
Quince soldados la violaron en presencia del cónyuge, quien
en ese momento se encontraba colgado debajo de un árbol.
Ella estaba embarazada de siete meses".111
"Cuarenta o cincuenta
soldados entraron en nuestra casa, nosotros ya estábamos
durmiendo. Dijeron a mi esposo: Usted nos va a acompañar.
Yo me puse en medio de los soldados y mi esposo, suplicando que
los soldados no se lo llevaran porque mi esposo no tenía
delito. Me agarraron y me tiraron a la cama y mientras los soldados
secuestraron a mi esposo, tres soldados se quedaron para violarme.
Fue una noche horrible y todavía estoy enferma por el susto
y la tristeza".112
"Sacaron de la
cocina a la madre y sus dos hijas, las desnudaron y las tiraron
al suelo. Frente a sus familiares directos fueron ultrajadas sexualmente
(...); burlándose (...), todos los militares las violaron.
Luego pasaban sobre ellas pisándolas y picándoles
"sus partes y pechos" con las bayonetas. Mataron al padre frente
a su esposa e hijos. A los hijos varones los dejaron libres. Rociaron
con gasolina la casa y la quemaron. Cuando se retiró el Ejército
llevaron a las mujeres al hospital "porque las muchachas sangran
mucho y la mamá está como muerta"; ellas murieron
en el hospital de Zacapa".113
"Dos señoritas
de 18 y 16 años, fueron capturadas, se las llevaron al destacamento
militar de la finca La Igualdad donde las violaron repetidamente
durante 15 días. Luego se las llevaron a la aldea Tibuj donde
las obligaron junto con otras personas a cavar su propia fosa y
las enterraron vivas. Cuando las sacaron de su casa, los soldados
llevaban en la mano una lista. Ellas estaban desplazadas desde que
bombardearon su comunidad y secuestraron a su papá y a un
hermano".114
126.
La elaboración de listas fue una práctica
que tuvo alcances masivos como muestra lo sucedido a una comunidad
donde ocho mujeres k'iche' de edades comprendidas entre los 22 y
los 50 años, una de ellas embarazada de nueve meses, fueron
capturadas tras ser identificadas como "mujeres de guerrilleros";
sus esposos huyeron a refugiarse a la montaña.
127.
Si bien las violaciones sexuales contra mujeres
y niñas perpetradas por agentes del Estado como mecanismo
de sometimiento de las comunidades indígenas disminuyeron
a partir de 1983, continuaron siendo útiles como arma de
guerra en contextos de represión selectiva y como medio para
generar terror en la población:
"El Ejército
llegó con un "guía", capturaron a hombres, los torturaron
y los mataron delante de la población. En una casa encontraron
cuatro mujeres, sus maridos estaban en la Costa cortando caña.
Las llevaron a la escuela. Mientras en un aula torturaban a los
hombres, en otra violaron a las mujeres. A dos las desnudaron completamente.
Uno de los soldados arrebató a la bebé, tenía
dos años, de una de las mujeres diciéndole que él
quería probar carne tierna. Nadie sabe qué hizo con
la niña. La violación sexual de las mujeres duró
toda la noche, cada una fue violada por más de 50 soldados.
Después de ejecutar a los hombres, a ellas las dejaron en
libertad".115
128.
La violación sexual también fue una
forma de intimidación empleada contra las mujeres que se
presentaron a los destacamentos para reclamar por la desaparición
de sus familiares:
"Elementos del
Ejército capturaron al padre y al hermano de una niña
de 14 años. Ella y la esposa de su hermano decidieron ir
al destacamento militar para ver qué sucedía y al
mismo tiempo llevar la cédula de vecindad de ellos. Les permitieron
entrar al destacamento. Unos soldados se llevaron a la niña
a un cuarto y se formaron en fila para violarla. La estuvieron violando
durante tres horas, desde las once de la mañana y hasta la
una de la tarde. Las dejaron salir del destacamento hacia las seis
de la tarde. La niña no podía caminar. Continúa
viviendo en la comunidad, nunca se casó".116
"Una mujer entró
a la iglesia a preguntar por su esposo, su hija fue con ella. Le
dijeron: -Ahí está; pasaron y delante de todos los
soldados y hombres detenidos las violaron".117
A modo de síntesis
129.
La información
recabada por la CEH respecto a la violencia sexual revela que el
Ejército utilizó la utilizó de forma sistemática
y con absoluta impunidad, como arma dentro de la lucha contrainsurgente.
La violencia sexual fue ordenada por el superior en el mando o se
dio en el marco de la impunidad que cubría dicha violencia,
lo que demuestra su uso como arma de guerra:
"El Ejército
llegó a la casa. El marido fue ejecutado inmediatamente al
intentar huir. Su esposa de 18 años, embarazada de seis meses,
fue violada por todo el pelotón, más de 40 hombres.
La tuvieron tres días y tres noches violándola por
orden del jefe del pelotón. Algunos soldados se negaban,
entonces eran castigados. La violaron delante de su madre. Luego
vistieron a la mujer embarazada, de soldado, y la llevaron a casa
del comisionado, allí la siguieron violando y torturando.
Cuando ya estaba medio muerta la quemaron en un cerro".118
130.
Las violaciones sexuales
selectivas por lo general se dieron contra presuntas guerrilleras,
así como contra mujeres líderes o miembros de organizaciones
sociales, sindicales, políticas, estudiantiles, campesinas,
o activistas de derechos humanos. Estas violaciones se dieron generalmente
en el contexto de la detención de las mujeres, junto con
otras formas de tortura, y muchas veces fueron seguidas de la muerte
o desaparición de las víctimas. La CEH también
registra casos de violaciones individuales de esposas, hijas o hermanas
de presuntos guerrilleros o de líderes sociales o políticos.
Buena parte de las violaciones selectivas se dieron en áreas
urbanas y a lo largo del enfrentamiento armado. 131.
La casi totalidad
de casos de violaciones sexuales masivas e indiscriminadas que registra
la CEH se realizaron en comunidades mayas ubicadas en el área
rural, especialmente durante el período más alto de
la violencia, entre 1980 y 1983. Dichas violaciones ocurrieron luego
de la instalación de destacamentos militares o PAC, antes
de masacres o como parte de las operaciones de tierra arrasada.
Dichos actos se realizaron con extrema crueldad y dejando evidencias
notorias de los mismos, como desgarramientos, estacas clavadas en
los órganos genitales, descuartizamiento de fetos, entre
otros.
132.
La CEH también
registra casos de sometimiento sexual prolongado en cuarteles o
destacamentos militares. Así mismo, ha recibido testimonios
de mujeres mayas obligadas durante el enfrentamiento armado a uniones
conyugales bajo condición servil por militares, comisionados
militares o patrulleros, quienes actuaron con total impunidad. Por
esas uniones forzosas de carácter temporal o por el resto
de la vida, las mujeres quedaron sometidas sexual y laboralmente,
así como en todos los planos de su existencia.
133.
Los testimonios recogidos
por la CEH permiten aseverar que la violencia sexual ha tenido un
fuerte impacto en las víctimas directas y en los grupos de
origen de las mismas. La ruptura de uniones conyugales y lazos sociales,
el aislamiento social y la vergenza comunitaria, el éxodo
de mujeres y de comunidades enteras, el impedimento de matrimonios
y nacimientos dentro del propio grupo étnico, los abortos
y filicidios, entre otras consecuencias del modus operandi
de las violaciones afectaron seriamente la continuidad biológica
y cultural de los colectivos indígenas.
134.
A pesar de todas
las dificultades para documentar la violencia específica
de género que sufrieron las mujeres durante el enfrentamiento
armado interno, la CEH quiso recoger en estas páginas el
dolor que expresaron mediante sus testimonios las víctimas
o testigos, compilados a lo largo del período de trabajo
de campo. Vale la pena resaltar el valor de las testimoniantes que
se atrevieron a contar su historia, a pesar de que les hiciera revivir
su dolor.
"Que haya una
alta voluntad política del Estado de asumir la responsabilidad
y de castigar a los que cometieron estos delitos. En esa vía
se puede llegar a una posible reconciliación, para que no
vuelva a suceder. Es un delito que se cometió contra la humanidad,
contra mujeres que no tienen ninguna voz, ninguna protección,
tampoco vamos a esperar que ese daño se nos pueda cicatrizar
pero tal vez tengamos una esperanza para que muchas otras jóvenes
tengan una libertad en el futuro".119
1 El 15 de diciembre
de 1994 el Estado de Guatemala aprobó la ratificación
de dicho Convenio. Regrese al Texto
2 Elizabeth Odio, vicepresidenta
del Tribunal Penal Internacional para ex Yugoslavia (1993-95) señalaba
que "La violación de las mujeres no es una consecuencia,
más o menos inevitable o intrascendente, de un conflicto
armado, sino que es una política aplicada sistemáticamente
para destruir grupos humanos además de la propia víctima
directa". Véase: Elizabeth Odio Benito, Protección
Internacional de los Derechos Humanos de las Mujeres, Instituto
Interamericano de Derechos Humanos , San José, Costa Rica,
1997. Regrese al Texto
3 Reporte de la Comisión
de la Conferencia de Paz de 1919 (Ob.cit.). Acuerdo de la creación
de un tribunal internacional en el Artículo 227 del Tratado
de Versalles. Regrese al Texto
4 Estatuto del Tribunal
Militar Internacional de Nuremberg, de 8 de agosto de 1945. Artículo
II: "c) Crímenes contra la humanidad. Atrocidades y ofensas
incluyendo, pero no limitando, el asesinato, el exterminio, esclavitud,
deportación, prisión, tortura, violación, u
otros actos inhumanos cometidos contra cualquier población
civil, o la persecución por motivos políticos, raciales,
o religiosos, sea o no con violación a las leyes internas
del país donde se han cometido. Regrese al Texto
5 En el mismo sentido,
el Proyecto de Código Penal Internacional tipifica como delito
de lesa humanidad la violación sexual cuando es perpetrada
de forma sistemática o masiva. Este Proyecto es impulsado
por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Véase: Christian
Tomuschat, La creación de un sistema de enjuiciamiento
penal internacional está tomando forma, Revista de la
Comisión Internacional de Juristas. 50/193. El autor aboga
por el establecimiento de un Tribunal Penal Internacional Permanente.
Regrese al Texto
6 Aprobado el 8 de junio
de 1977 por la Conferencia Diplomática sobre la Reafirmación
y el Desarrollo del Derecho Internacional Humanitario Aplicable
en los Conflictos Armados, ratificado por el Estado de Guatemala
en junio de 1987 y publicado en el Diario Oficial el 6 de
septiembre de 1988. Regrese al Texto
7 Resolución 3318
(XXIX) de la Asamblea General de Naciones Unidas del 14 de diciembre
de 1974. Regrese al Texto
8 Documento A/CONF.157/23
de 12 de julio de 1993 (párrafos 28 y 38). Regrese al
Texto
9 Resolución de
la Asamblea General de las Naciones Unidas 48/104 de 20 de diciembre
de 1993. Regrese al Texto
10 Documento A/CONF.177/20
de 4 a 15 de septiembre de 1995. Cuarta Conferencia Mundial sobre
la Mujer. Literal E. La mujer y los conflictos armados. Regrese
al Texto
11 A/RES/50/192 de 23
de febrero de 1996, numeral 3: "Reafirmando que la violación
dentro de un conflicto armado constituye un crimen de guerra y en
ciertas circunstancias constituye un crimen contra la humanidad
y un acto de genocidio ... y llama a los Estados para tomar todas
las medidas necesarias para la protección de mujeres y niños
en contra de estos actos y para fortalecer mecanismos de investigación
y sanción de todos los responsables y llevar a los perpetradores
a la justicia". Regrese al Texto
12 OEA/Ser.L/V/II.88.
Doc 10 rev, de 9 de febrero de 1995, Informe sobre las situación
de los derechos humanos en Haití (pg. 135). Regrese al
Texto
13 Doc NU S/25704 de
20 de mayo de 1993. Anexo, Artículo 5 (g). Regrese al
Texto
14 Doc NU S/25704 de
20 de mayo de 1993.Artículo 4, párrafo 48. Regrese
al Texto
15 IT 96-23-1 de 26
de junio de 1996, el fiscal contra Dragan Gagoviv. Regrese al
Texto
16 C I77. Julio, 1983.
Uspantán, Quiché. Regrese al Texto
17 C 2620. Enero,1981.
Cotzal, Quiché. CI 91. 1981-1982. Quiché. Regrese
al Texto
18 C 9330. Enero, 1981.
Cobán, Alta Verapaz. El relato se centra en la ejecución
arbitraria de tres hombres y el desplazamiento de los pobladores
de esta comunidad. Regrese al Texto
19 CI 91. Marzo, 1981.
Quiché. Regrese al Texto
20 Los porcentajes suman
más del 100% porque se ha calculado el porcentaje de participación
de cada actor sobre el 100% de violaciones. Puede ser que los actores
hayan participado solos o en conjunto con otras fuerzas de seguridad.
Según los testimonios existe un 2.3% de casos en los que
participaron otros grupos, 0.5% de casos sin identificar responsable.
Regrese al Texto
21 Testigo CEH. Junio
1998 y Julio, 1998. (T.C. 106). Regrese al Texto
22 Testigo CEH. (T.C.
87). Regrese al Texto
23 Véase apartado
sobre Violaciones a la Existencia, Integridad e identidad de los
Pueblos Indígenas en este capítulo. Regrese al
Texto
24 Testigo CEH. (T.C.
107). Regrese al Texto
25 C 11401. Enero, 1981.
Ixcán, Quiché. Regrese al Texto
26 Testigo CEH. (T.C.
109). Regrese al Texto
27 Testigo CEH. (T.C.
53). Regrese al Texto
28 Testigo REMHI, 5447.
Octubre, 1979. Regrese al Texto
29 C 29. Agosto, 1982.
Regrese al Texto
30 CI 91. Quiché.
Regrese al Texto
31 Testigo (soldado
activo) CEH. (T.C. 87). Regrese al Texto
32 Testigo CEH. (T.C.
53). Regrese al Texto
33 C 2413. Febrero,
1982. Uspantán, Quiché. Regrese al Texto
34 CI 004. Marzo, 1982.
Ixcán, Quiché. Regrese al Texto
35 CI 060. Abril, 1982.
Chajul, Quiché. Regrese al Texto
36 CI 10. Marzo, 1982.
Rabinal, Baja Verapaz. Regrese al Texto
37 C 486. Febrero, 1982.San
Martín Jilotepeque, Chimaltenango. Regrese al Texto
38 C 11451. Ixcán,
Quiché. Regrese al Texto
39 C 11162. Ixcán,
Quiche. Regrese al Texto
40 Ejército de
Guatemala, Plan de campaña Victoria 82, Anexo F. Regrese
al Texto
41 CI 73. Enero, 1982.
San Pedro Sacatepéquez, San Marcos. Regrese al Texto
42 CI 78. Marzo, 1982.
Zacualpa, Quiché. Regrese al Texto
43 Testigo CEH. (T.C.
83). Regrese al Texto
44 CI 39. Febrero, 1982.
Sacapulas, Quiché. Regrese al Texto
45 C 5110. Mayo, 1982.
San Ildefonso Ixtahuacán. Huehuetenango. Regrese al Texto
46 Testigo directo REMHI.
(T.C. 53). Regrese al Texto
47 Ibid. Regrese
al Texto
48 Véase tema
de desplazamiento forzoso. Regrese al Texto
49 C 2309. Octubre,
1981. Uspantán, Quiché. Regrese al Texto
50 "Giros" significa
niños. Regrese al Texto
51 C 2594. Noviembre,
1982. Uspantán, Quiché. Regrese al Texto
52 C 2500. Junio, 1982.
Chiché, Quiché. Regrese al Texto
53 C 2496. Julio, 1982.
Chiché, Quiché. Regrese al Texto
54 C 2595. Abril, 1982.
Esta mujer llevaba un bebé de 3 meses de edad que también
fue ejecutado. Regrese al Texto
55 C 3546. Diciembre,
1982. Uspantán, Quiché. Regrese al Texto
56 CI 078. Mayo, 1982.
San Antonio Sinaché, Quiché. Regrese al Texto
57 CI 050. Marzo, 1982.
San Martín Jilotepeque, Chimaltenango. Regrese al Texto
58 C 16779. Enero, 1985.
Regrese al Texto
59 C 16173. Diciembre,
1982. Regrese al Texto
60 Testigo CEH. (T.C.
108). Regrese al Texto
61 C 2596. Junio, 1983.
San Miguel Uspantán, Quiché. Regrese al Texto
62 C 2593. Febrero,
1983, San Miguel Uspantán, Quiché. Regrese al Texto
63 C 16120. Septiembre,
1984. San Miguel Uspantán, Quiché. Regrese al Texto
64 Testigo CEH. (T.C.
109). Regrese al Texto
65 CI 77. 1980-96, San
Miguel Uspantán, Quiché. Regrese al Texto
66 C 2601. San Miguel
Uspantán, Quiché. Enero, 1983. Regrese al Texto
67 C 3557. Junio, 1983.
San Miguel Uspantán, Quiché. Regrese al Texto
68 C 3776. Diciembre,
1982. Nebaj, Quiché. Regrese al Texto
69 C 2800. Febrero,
1982. San Bartolomé Jocotenango, Quiché. Regrese
al Texto
70 Ibid. Regrese
al Texto
71 Ibid. Regrese
al Texto
72 Testigo (dirigente
de organización maya) CEH. (T.C. 107). Regrese al Texto
73 Ibid. Regrese
al Texto
74 Ibid. Regrese
al Texto
75 Ibid. Regrese
al Texto
76 Ibid. Regrese
al Texto
77 C 11631. 1985. Puerto
Barrios, Izabal. Regrese al Texto
78 C 16504. Mayo, 1982,
San Miguel Uspantán, Quiché. Regrese al Texto
79 C 16517. Octubre,
1982. Uspantán, Quiché. Regrese al Texto
80 Ibid. Regrese
al Texto
81 Testigo CEH. (T.C.
109). Regrese al Texto
82 Ibid. Regrese
al Texto
83 Testimonio colectivo
CEH. 1982. Regrese al Texto
84 Testigo CEH. (T.C.
107). Regrese al Texto
85 Testimonio colectivo
CEH. 1982. Regrese al Texto
86 C 16159. Octubre,
1981. Chichicastenango, Quiché.CI 91. Quiché Regrese
al Texto
87 C 5307. Septiembre,
1985. Ixtahuacán, Huehuetenango. Regrese al Texto
88 C 5420. Marzo, 1982.
Colotenango, Huehuetenango. Regrese al Texto
89 C 2765. Febrero,
1982. Chiché, Quiché. Regrese al Texto
90 C 2657. Febrero,
1981. Regrese al Texto
91 C 2620. Enero, 1981.
Cotzal, Quiché. Regrese al Texto
92 C 16324. 1982. Zacualpa,
Quiché. Regrese al Texto
93 C 3220. 1982. Cotzal,
Quiché. Regrese al Texto
94 Testigo CEH. (T.C.
107). Se refiere a violaciones contra mujeres de etnia kaqchikel,
comunidad de San Martín Jilotepeque, Chimaltenango. Regrese
al Texto
95 C 9109. Febrero,
1982. Cahabón, Alta Verapaz. Regrese al Texto
96 C 5662. 1982. Aguacatán,
Huehuetenango. Regrese al Texto
97 Testigo CEH. (T.C.
106). Regrese al Texto
98 Testigo CEH (T.C.
107). Regrese al Texto
99 C 2595. Abril, 1982.
San Miguel Uspantán, Quiché. Regrese al Texto
100 C 16177. 1983.
San Miguel Uspantán, Quiché. Regrese al Texto
101 CI 77. 1984. San
Miguel Uspantán. Quiché. Regrese al Texto
102 El documento de
Naciones Unidas, Declaración sobre la protección
de la mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto
armado, Resolución 3318 (XXIX) de la Asamblea General
de 14 de diciembre de 1974, señala: "Consciente de su responsabilidad
por el destino de la generación venidera y por el destino
de las madres, que desempeñan un importante papel en la sociedad,
en la familia y particularmente en la crianza de los hijos". Regrese
al Texto
103 Elizabeth Lira
y Eugenia Weinstein, Psicología social de la guerra: trauma
y terapia, UCA, San Salvador, 1990, pg. 370. Señalan
como secuelas, además de las físicas (daño
a órganos, infecciones, embarazos,...), la "perversión
de un área vital del funcionamiento biopsicológico
del individuo -aquélla relacionada con el placer, la procreación,
y los vínculos erótico-amorosos- con el objeto de
transformarla en un espacio de horror, agresión, humillación
y dolor". Regrese al Texto
104 C 9364. Septiembre,
1982. Rabinal, Baja Verapaz. Regrese al Texto
105 Testigo CEH. (T.C.
53). Regrese al Texto
106 Ibid. Regrese
al Texto
107 C 5011. Febrero,1982.
El Porvenir Camitancillo, San Marcos. Regrese al Texto
108 C 16343. Febrero,
1982. Sacapulas, Quiché. Regrese al Texto
109 C 9440. Agosto,
1985. Cobán, Alta Verapaz. Regrese al Texto
110 C 16496. Marzo,1981.
Chicamán, Quiché. Regrese al Texto
111 C 2502. Enero,
1982. Joyabaj, Quiché. Regrese al Texto
112 C 6164. Marzo,
1982. Barillas, Huehuetenango. Regrese al Texto
113 C 12006. 1980.
Jocotán, Chiquimula. Regrese al Texto
114 C 7101. 1983. San
Pablo. San Marcos. Regrese al Texto
115 C 16162. Mayo,1984.
Chichicastenango, Quiché. Regrese al Texto
116 C 45. Enero, 1982.
Chichicastenango, Quiché. Regrese al Texto
117 C 11630. Septiembre,
1981. Panzós, Alta Verapaz. Regrese al Texto
118 C 13004. Septiembre,
1982. Rabinal, Baja Verapaz. Regrese al Texto
119 Testigo CEH. (T.C.
106). 3 44
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